Advertidos errores en el texto de la Orden de 29 de diciembre de 1994, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 9, de 11 de enero de 1995, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 1003:
En el artículo 4, apartado a), donde dice: «Por expedientes de cada certificado de conformidad será de 5.000 pesetas», debe decir: «Por expedición de cada certificado de conformidad será de 5.000 pesetas».
Página 1004:
En el anexo, el cuadro que figura a pie de página:
Porcentaje
Número de análisis (1) / 1 / 2 / 3 a 5 / 6 a 10 / 11 a 20 / 21 a 30 /
Precio a aplicar (2) / 100 T / 80 T / 70 T / 60 T / 55 T / 50 T / 40 T
debe sustituirse por el siguiente:
Porcentaje
Número de análisis (1) / 1 / 2 / 3 a 5 / 6 a 10 / 11 a 20 / 21 a 30 /
Precio a aplicar (2) / 100 % T / 80 % T / 70 % T / 60 % T / 55 % T / 50 % T / 40 % T
En el anexo, la llamada (2) del cuadro que figura a pie de página donde dice: «(2) El precio a aplicar será el resultado del cálculo indicado en el cuadro anterior, siendo T la suma de los importes calculados a partir de los datos de la relación de puestos individuales», debe decir: «(2) El precio a aplicar será el resultado del cálculo indicado en el cuadro anterior, siendo T la suma de los importes calculados a partir de los datos de la relación de precios individuales».
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