Para dar cumplimiento a lo determinado por la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de diciembre, de Regulación del Tratamiento Autorizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD); por Orden 75/1994, de 26 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 27), se regularon los ficheros automatizados del Ministerio de Defensa en los que se contienen y procesan datos de carácter personal.
A fin de completar la relación de los ficheros existentes en el Ministerio de Defensa en los que se contienen y procesan datos de carácter personal afectados por la citada Ley Orgánica y asegurar así a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos, se hace necesario proceder a la regulación de un nuevo fichero, correspondiente al Organismo Autónomo Servicio Militar de Construcciones.
En virtud de lo anterior, dispongo:
Primero.-Se amplía el contenido del anexo a la Orden 75/1994, de 24 de diciembre, con la inclusión del fichero automatizado de datos personales y anamnesis de los empleados del Servicio Militar de Construcciones, en el sentido siguiente:
34. Fichero automatizado de datos personales y anamnesis de los empleados del Servicio Militar de Construcciones.
a) Responsable.
Servicio Militar de Construcciones.
b) Finalidad.
Seguimiento médico de los empleados.
c) Usos.
Se utilizan por el personal debidamente autorizado del Organismo Autónomo Servicio Militar de Construcciones para la gestión y control sanitario e historial clínico.
d) Personas o colectivos origen de los datos.
Personas del Organismo Autónomo Servicio Militar de Construcciones.
e) Procedimiento de recogida de datos.
Los datos se recogen a través del propio interesado o su representante legal en encuestas o entrevistas y análisis clínicos.
f) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo.
Estructura básica:
Fichero de estructura DBF.
Tipos de datos:
Datos de salud.
Identificativos.
Personales.
Administrativos.
g) Cesiones de datos que se prevean.
No se prevé.
h) Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda.
Servicio Militar de Construcciones.
Ministerio de Defensa.
Calle Alejandro Dumas, 11, 28005 Madrid.
i) Plazo para rectificar o cancelar datos.
El establecido reglamentariamente.
j) Disposiciones que amparan al fichero automatizado.
Ley de 2 de marzo de 1943, por la que se crea el Servicio Militar de Construcciones.
Real Decreto de 6 de abril de 1943. Aprueba el Reglamento del Servicio Militar de Construcciones.
Real Decreto 897/1984, de 26 de marzo, en el que se clasifica como organismo autónomo de carácter comercial, industrial, financiero o análogo.
Real Decreto 1/1987, de 1 de enero, por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de marzo de 1995.
GARCIA VARGAS
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid