Las Ordenes de 4 de marzo de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 18) y de 12 de abril de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 20) de los, entonces, Ministerios de Obras Públicas y Transportes, y de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, respectivamente, que desarrollan el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Comunidad Económica Europea que exigen una formación mínima de tres años de duración, en lo que afecta a las profesiones relacionadas con este Ministerio, establecen que el Presidente de la Comisión de evaluación de la prueba de aptitud a que hace referencia el artículo 6.º del citado Real Decreto será el Secretario general Técnico de este Departamento, quien podrá delegar en el Subdirector general de Normativa Técnica y Análisis Económico.
A fin de agilizar los trabajos de la citada Comisión de evaluación, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Primero.-Delegar en el Subdirector general de Normativa Técnica y Análisis Económico de la Secretaría General Técnica del Departamento la Presidencia de las Comisiones de evaluación de las pruebas de aptitud para el reconocimiento de títulos de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo, para el acceso a las profesiones que se relacionan a continuación:
Agente de la Propiedad Inmobiliaria.
Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
Ingeniero Aeronáutico.
Ingeniero de Telecomunicación.
Ingeniero Técnico de Obras Públicas.
Ingeniero Técnico en Topografía.
Ingeniero Técnico Aeronáutico.
Ingeniero Técnico de Telecomunicación.
Arquitecto Técnico.
Segundo.-La delegación a que se refiere la presente Resolución podrá ser revocada, en cualquier momento, por el mismo órgano que la confiere.
Tercero.-Esta delegación entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de enero de 1996.-El Secretario general Técnico, Santiago García Izquierdo.
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