Vistos los acuerdos sobre la tabla salarial correspondiente al año 1996 del Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorro, así como sobre las cuantías del plus de Ayudantes de Ahorro en Funciones de Ventanilla y del plus de Chóferes correspondientes a dicho año e importes de las dietas, kilometraje y quebranto de moneda vigentes para el año 1997 (código de Convenio número 9900785), que fue suscrito con fecha 3 de junio de 1997 por la Comisión Mixta Interpretativa del Convenio, en representación de las partes empresarial y trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo,
Esta Dirección General acuerda:
Primero.-Ordenar la inscripción de los citados acuerdos en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de julio de 1997.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, punto 13, del Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorro para los años 1995-1997:
«La Comisión Mixta Interpretativa, regulada en la disposición transitoria sexta del presente Convenio Colectivo dará publicidad de la escala salarial oficial y definitiva de los años 1995, 1996 y 1997, así como las cuantías del plus de Ayudantes de Ahorro en Funciones de Ventanilla y del plus de Chóferes».
Por consiguiente, y de conformidad con el citado artículo 8.13 y con la mencionada disposición transitoria, se procede a dar publicidad de la escala salarial oficial y definitiva correspondiente al año 1996, así como las cuantías del plus de Ayudantes de Ahorro en Funciones de Ventanilla (artículo 10) y del plus de Chóferes (artículo 11), correspondientes a dicho año 1996; así como a los importes de las dietas (artículo 14), kilometraje (artículo 14) y quebranto de moneda (artículo 15) vigentes para el año 1997, y todo ello a los efectos de publicidad y registro, se remiten a esa Dirección General de Trabajo.
Por lo expuesto, solicitan a vuestra ilustrísima que, teniendo por presentado el presente escrito y el anexo que a él se adjunta, acuerde todo lo que en conformidad a la Ley sea preceptivo, a fin de dar publicidad de la escala salarial oficial y definitiva correspondiente al año 1996 del Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorro, así como las cuantías del plus de Ayudantes de Ahorro en Funciones de Ventanilla y del plus de Chóferes, correspondientes a dicho año, así como a los importes para el presente año 1997 de las dietas, kilometraje y quebranto de moneda.
Tabla salarial
(doce mensualidades)
Año 1996
Incremento
del 2,70% / Categorías
Jefe de primera / 3.904.580
Jefe de segunda / 3.432.982
Jefe de tercera / 2.890.297
Jefe de cuarta / 2.565.102
Jefe de quinta / 2.425.524
Jefe de cuarta «A» / 2.634.168
Jefe de cuarta «B» / 2.565.102
Jefe de quinta «A» / 2.495.316
Jefe de quinta «B» / 2.425.524
Jefe de sexta «A» / 2.383.610
Jefe de sexta «B» / 2.348.396
Oficial superior / 2.271.269
Oficial primero / 2.168.373
Oficial segundo (tres años) / 1.986.039
Oficial segundo / 1.892.881
Auxiliar «A» / 1.688.129
Auxiliar «B» / 1.607.741
Auxiliar «C» / 1.443.096
Conserje / 1.826.303
Subconserje / 1.717.949
Ayudante «A» (ant. Ordenanza primera) / 1.663.078
Ayudante «B» (ant. Ordenanza entrada) / 1.583.881
Ayudante «C» / 1.396.199
Botones (dieciocho años) / 1.060.925
Botones (entrada) / 664.821
Titulado superior «A» / 2.912.588
Titulado superior «B» / 2.425.524
Titulado medio «A» / 2.396.414
Titulado medio «B» / 2.205.027
Telefonista «A» / 1.631.647
Telefonista «B» / 1.429.572
Oficial primero oficios varios / 1.753.611
Oficial segundo oficios varios / 1.662.063
Ayudante oficios varios / 1.501.261
Peón oficios varios / 1.368.384
Personal de limpieza / 1.155.416
Plus Ayudante de Ahorro en Funciones de Ventanilla / 45.853
Plus de Chóferes / 49.842
Año 1997:
Kilometraje: 31 pesetas.
Dietas:
Completa: 7.772 pesetas.
Media: 3.887 pesetas.
Quebranto moneda:
Oficina:
Tipo 1: 54.203 pesetas.
Tipo 2: 61.361 pesetas.
Tipo 3: 69.544 pesetas.
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