Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de constitución de la Comisión Paritaria de Formación para el Sector de la Enseñanza Privada, que fue suscrito con fecha 25 de junio de 2001, de una parte, por las Asociaciones empresariales ACADE y CECE, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las centrales sindicales CC.OO., CIG, FETE-UGT, FSIE y USO, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3 en relación con el 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 11 de julio de 2001.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DE FORMACIÓN CONTINUA PARA EL SECTOR DE LA ENSEÑANZA PRIVADA DENTRO DEL III ACUERDO NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA PARA EL SECTOR DE LA ENSEÑANZA PRIVADA
Asistentes:
ACADE: Don Javier Hernández.
CECE: Don José Luis Antolín.
CC.OO.: Doña Eloisa Carbayo.
CIG: Don Reinaldo Mena.
FETE-UGT: Doña Paloma Martínez.
FSIE: Doña Milagros de Andrés.
USO: Don José Carlos Garcés.
En Madrid siendo las catorce horas del día 25 de junio de 2001 se reúnen en la sede de ACADE, las organizaciones reseñadas anteriormente con objeto de:
Primero.-Constituir, conforme a lo establecido en el artículo 9 del III Acuerdo Nacional de Formación Continua, la Comisión Paritaria Sectorial de Enseñanza Privada, compuesta por igual número de miembros por la representación sindical y por la representación empresarial.
Segundo.-Se delega en la Comisión Paritaria la elaboración y aprobación del Reglamento manteniendo provisionalmente, para la primera convocatoria a los cargos del 2000: CECE, por la representación empresaria como Presidente y FETE-UGT, por la representación sindical, como secretario.
Tercero.-Los presentes acuerdos entrarán en vigor en el momento de su firma.
Cuarto.-Remitir los acuerdos de la presente acta a la autoridad laboral competente para su depósito, registro y publicación a los efectos legales oportunos.
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