Advertidas erratas en el texto del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 23 de julio de 2001, en el "Boletín Oficial del Estado" número 191, de 10 de agosto de 2001, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:
En la página 30176, columna derecha, artículo 1.A) 3, última línea, donde dice: "...siempre que reúnan a nivel nacional una superficie de venta no inferior a los 30.000 metros,...", debe decir: "...siempre que reúnan a nivel nacional una superficie de venta no inferior a los 30.000 metros cuadrados...".
En la página 30182, columna izquierda, apartado 2.o a), en la sexta línea, donde dice: "...Siempre que anualmente se realicen un mínimo de cuatrocientas horas de trabajo efectivo...", debe decir: "...Siempre que anualmente se realicen un mínimo de cuatrocientas cincuenta horas de trabajo efectivo...".
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