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Documento BOE-A-2002-18102

Ley 13/2002, de 27 de junio, de crédito extraordinario por importe de cien millones seiscientos mil euros (100.600.000 euros) para la financiación de proyectos estratégicos para el desarrollo económico y social.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 18 de septiembre de 2002, páginas 33105 a 33106 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2002-18102
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-cm/l/2002/06/27/13

TEXTO ORIGINAL

Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 1 de enero de este año se ha dado un paso decisivo en el proceso político de construcción de la Unión Europea con la puesta en circulación de una nueva moneda común: El euro. Nuestra incorporación al euro define con más claridad nuestra pertenencia a la Unión Económica y Monetaria. Y es a partir de este momento cuando tenemos más que nunca el objetivo indudable de crecer, de avanzar en convergencia con el resto de países de la Europa más desarrollada, haciéndolo desde un escenario de estabilidad de las finanzas públicas.

Avanzar en convergencia implica, sobre todo, garantizar la consecución de la igualdad en los aspectos reales de la economía, no sólo en lo que se refiere a la riqueza relativa, sino también en los niveles de bienestar social de que disfrutan los países europeos más avanzados, el eficaz funcionamiento del mercado de trabajo, la disponibilidad de infraestructuras sociales, educativas, científicas, de investigación, etc.

Este ha sido el objetivo y la perspectiva desde los que se han construido los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2002. Sin embargo, la evolución del ciclo económico que se dibuja para este ejercicio, la oportunidad que se nos presenta ante la asunción de nuevas y esenciales competencias que acercan nuestro ámbito de gestión a los ciudadanos y la necesidad de aprovechar el momento temporal en el que nos encontramos para proyectar la imagen de esta región en el mundo, harían aconsejable la puesta en marcha inmediata de proyectos estratégicos para Castilla-La Mancha. Dichas actuaciones no podían contemplarse en los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2002, que actualmente están en vigor, ya que en el momento de su aprobación no se habían hecho efectivas las competencias correspondientes o no se habían aprobado los textos legales o los planes en que estas iniciativas se soportan.

Por tanto, mediante la presente Ley se quiere actuar incrementando el presupuesto de gastos con la finalidad de avanzar en aspectos fundamentales para el desarrollo de la región como son la educación, los servicios sanitarios y los sociales, las infraestructuras de comunicaciones y telecomunicaciones y la promoción de determinados sectores productivos.

En el caso de la educación, se trata de anticipar la construcción de los centros de enseñanza secundaria incluidos en la Red de Centros aprobada por las Cortes Regionales, a fin de apoyar un verdadero Plan de Calidad de la Enseñanza Secundaria en un soporte esencial como son las inversiones.

Por otra parte, con la reciente transferencia de competencias en materia de sanidad, el Gobierno regional ha asumido el compromiso de llevar el sistema sanitario público en Castilla-La Mancha a unos niveles de calidad similares a los de otras regiones españolas. Ello hace aconsejable anticipar en el tiempo la ejecución de las inversiones precisas, requiriéndose para este fin dotaciones adicionales para no comprometer las necesidades financieras que pudieran derivarse de las obras que se encuentran actualmente en curso.

También es necesario financiar la ejecución de proyectos estratégicos para el desarrollo futuro de Castilla-La Mancha en el marco que proporciona el proyecto de celebración del IV centenario de la publicación de la obra "El ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha".

Dicho acontecimiento constituye una magnífica oportunidad para dar a conocer Castilla-La Mancha no sólo en un aspecto cultural o literario, sino también en aspectos tales como los económicos, comerciales, industriales, turísticos, etc. Se trata de transmitir la imagen de Castilla-La Mancha como la de una región moderna, llena de oportunidades, idónea como escenario de inversiones, capaz de desempeñar un papel importante en los flujos económicos y comerciales de la Europa de hoy y para ello debemos dotarnos de determinadas infraestructuras de comunicaciones y telecomunicaciones, de carácter social y promocional.

Finalmente, la reciente designación de la que será primera Defensora del Pueblo de Castilla-La Mancha hace imprescindible que se pongan a disposición de las Cortes los créditos necesarios para financiar las inversiones necesarias para una adecuada puesta en marcha de la Institución.

Por todo ello, mediante la presente Ley de crédito extraordinario se dotan algunas partidas en determinadas secciones de gasto del Presupuesto para 2002.

Artículo 1.

Se concede un crédito extraordinario de presupuesto de gastos vigente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por un importe de cien millones seiscientos mil euros (100.600.000 euros). Dicho crédito se aplicará a las siguientes secciones y partidas:

Sección 02, Órgano Gestor 01, Programa 111C, Partida 78000, por un importe de tres millones cuatrocientos mil euros (3.400.000,00 euros).

Sección 15, Órgano Gestor 02, Programa 612D, Partida 84011, por un importe de dos millones quinientos mil euros (2.500.000,00 euros).

Sección 15, Órgano Gestor 02, Programa 612D, Partida 72000, por un importe de un millón quinientos mil euros (1.500.000,00 euros).

Sección 16, Órgano Gestor 03, Programa 521B, Partida 62611, por un importe de cinco millones de euros (5.000.000,00 de euros).

Sección 16, Órgano Gestor 03, Programa 521B, Partida 76011, por un importe de un millón de euros (1.000.000,00 de euros).

Sección 17, Órgano Gestor 03, Programa 513A, Partida 62711, por un importe de cinco millones de euros (5.000.000,00 de euros).

Sección 17, Órgano Gestor 05, Programa 432A, Partida 76015, por un importe de dos millones doscientos mil euros (2.200.000,00 euros).

Sección 18, Órgano Gestor 03, Programa 421A, Partida 62211, por un importe de treinta millones de euros (30.000.000,00 de euros).

Sección 18, Órgano Gestor 03, Programa 421A, Partida 76011, por un importe de seis millones de euros (6.000.000,00 de euros).

Sección 18, Órgano Gestor 03, Programa 421A, Partida 61211, por un importe de nueve millones de euros (9.000.000,00 de euros).

Sección 21, Órgano Gestor 02, Programa 711A, Partida 62912, por un importe de tres millones de euros (3.000.000,00 de euros).

Sección 27, Órgano Gestor 02, Programa 311A, Partida 62214, por un importe de seis millones de euros (6.000.000,00 de euros).

Sección 27, Órgano Gestor 02, Programa 311A, Partida 76014, por un importe de cinco millones de euros (5.000.000,00 de euros).

Sección 27, Órgano Gestor 05, Programa 313A, Partida 78012, por un importe de tres millones de euros (3.000.000,00 de euros).

Sección 60, Órgano Gestor 05, Programa 412B, Partida 61211, por un importe de dieciocho millones de euros (18.000.000,00 de euros).

Artículo 2.

La financiación de este crédito extraordinario se realizará con cargo a las siguientes partidas del presupuesto de ingresos:

Sección 15, Partida 43000, por un importe de cien millones seiscientos mil euros (100.600.000,00 euros).

Disposición adicional.

1. Se añade un nuevo apartado l) al artículo 8 de la Ley 14/2001, de 14 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha para el año 2002 con el siguiente contenido:

"l) Los créditos incluidos en el artículo 12 de los programas 422A y 422B del Órgano Gestor 06 de la sección 18."

2. Se modifica el apartado 1 del artículo 38 de la Ley 14/2001, de 14 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha para el año 2002, que queda redactado de la siguiente manera:

"1. Se autoriza al Consejo de Gobierno para que, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, durante el ejercicio 2002 acuerde la emisión de Deuda Pública y la concertación de operaciones de crédito tanto interior como exterior, hasta un máximo de cien millones de euros (100.000.000,00 de euros) destinadas a financiar gastos de inversión."

Disposición final.

La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial de Castilla-La Mancha." Toledo, 1 de julio de 2002.-El Presidente (en suplencia, según el artículo 7.2 de la Ley 7/1997, de 5 de septiembre), José María Barreda Fontes.

(Publicada en el "Diario Oficial de Castilla-La Mancha" número 83, de 8 de julio de 2002)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 27/06/2002
  • Fecha de publicación: 18/09/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 09/07/2002
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el DOCM núm. 83, de 8 de julio de 2002.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 8 y 38.1 de la Ley 14/2001, de 14 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-2519).
Materias
  • Castilla La Mancha
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas

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