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Documento BOE-A-2004-17095

Orden ITC/3158/2004, de 23 de septiembre, por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 5 de octubre de 2004, páginas 33345 a 33371 (27 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2004-17095
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2004/09/23/itc3158

TEXTO ORIGINAL

La disposición final primera del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CE, relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos, faculta al Ministerio de Industria y Energía, hoy Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para modificar los anexos I y II del mismo, a fin de adaptarlos a la evolución producida por la publicación de nuevas Directivas y Reglamentos.

Los preceptos en vigor del Real Decreto 2028/1986, contiene numerosas funciones cuya reglamentación está prevista que entre en vigor durante la segunda parte del año 2004 o en fechas posteriores, sin que consten algunas de sus fechas particulares de entrada en vigor para nuevos tipos o nuevas matriculaciones. Por ello resulta necesario la consolidación de determinadas fechas e incluirlas en el anexo I.

Mediante las Órdenes de 4 de febrero de 1988, 10 de abril y 24 de noviembre de 1989, 16 de julio de 1991, 24 de enero, 24 de julio y 29 de diciembre de 1992, 10 de junio y 15 de octubre de 1993, 22 de febrero de 1994, 9 de marzo de 1995, 24 de abril de 1996, 25 de abril y 9 de diciembre de 1997, 28 de julio de 1998, 17 de febrero y 14 de junio de 1999, 4 de febrero, 14 de julio, 27 de diciembre de 2000, 23 de julio de 2001, 25 de junio y 26 de diciembre de 2002, 8 de octubre de 2003 y 10 de febrero de 2004, se transpusieron las Directivas y Reglamentos aparecidos hasta fin del segundo semestre del año 2003.

La publicación, desde la última fecha de modificación de los anexos, de ocho nuevas Directivas, una Decisión de la Comisión y un Reglamento CEPE/ONU, de especial importancia sobre la seguridad vial y el medio ambiente, aconseja el dictado de una nueva disposición modificando nuevamente estos anexos.

Directivas de nueva publicación:

– Directiva 2002/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de diciembre de 2002, por la que se modifica la Directiva 97/68/CE relativa a las medidas contra la emisión de gases y partículas contaminantes procedentes de los motores de combustión interna que se instalan en las máquinas móviles no de carretera.

– Directiva 2003/97/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de noviembre de 2003, relativa a la homologación de los dispositivos de visión indirecta y de los vehículos equipados con estos dispositivos, por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE y se deroga la Directiva 71/127/CEE.

– Directiva 2004/3/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por la que se modifican las Directivas 70/156/CE y 80/1268/CEE, en lo relativo a las mediciones de CO2 y del consumo de carburante de los vehículos N1.

– Directiva 2004/11/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por la que se modifica la Directiva 94/24/CEE sobre los dispositivos de limitación de velocidad o sistemas similares de limitación de velocidad incorporados a determinadas categorías de vehículos a motor.

– Directiva 2004/26/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por la que se modifica la Directiva 97/68/CE relativa a las medidas contra la emisión de gases y partículas contaminantes procedentes de los motores de combustión interna que se instalen en las máquinas móviles no de carretera.

– Directiva 2004/66/CE del Consejo, de 26 de abril de 2004, por la que se adaptan las Directivas 1999/45/CE, 2002/83/CE, 2003/37/CE y 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y las Directivas 77/388/CEE, 91/414/CEE, 96/26/CE, 2003/48/CE y 2003/49/CE del Consejo, en los ámbitos de la libre circulación de mercancías, la libre prestación de servicios, la agricultura, la política de transportes y la fiscalidad, como consecuencia de la adhesión de la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia.

– Directiva 2004/78/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se modifica la Directiva 2001/56/CE relativa a los sistemas de calefacción de los vehículos a motor y de sus remolques y la Directiva 70/156/CEE.

– Directiva 2004/86/CE de la Comisión, de 5 de julio de 2004, por la que se modifica, para adaptarla al progreso técnico, la Directiva 93/93/CEE del Consejo, relativa a las masas y dimensiones de los vehículos a motor de dos o tres ruedas.

– Decisión de la Comisión 2004/90/CE, de 23 de diciembre de 2003, relativa a las prescripciones técnicas para la aplicación del artículo 3 de la Directiva 2003/102/CE, relativa a la protección de los peatones y otros usuarios vulnerables de la vía pública en caso de colisión con un vehículo de motor y antes de la misma.

– Reglamento CEPE/ONU 115R00 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los sistemas especiales de adaptación al GLP o al GNC y de los sistemas especiales de adaptación que permitan utilizar estos carburantes en el sistema de propulsión de los vehículos a motor.

De otra parte, conviene consolidar todas las fechas de entrada en vigor de las reglamentaciones y que en la anterior versión aparecían sin fechas determinadas pero que en la actualidad ya han entrado en vigor o están muy próximas a hacerlo.

En su virtud, dispongo:

Artículo único.

Se modifican los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos, que quedan redactados como se indica en el anexo de la presente Orden.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el \»Boletín Oficial del Estado\».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 23 de septiembre de 2004.

MONTILLA AGUILERA

Ilmo. Sr. Secretario General de Industria.

ANEXO I

1. Vehículos automóviles y sus partes y piezas

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2. Tractores agrícolas

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3. Vehículos de 2 ó 3 ruedas y cuadriciclos

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4. Varios

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ANEXO II

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/09/2004
  • Fecha de publicación: 05/10/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 06/10/2004
Referencias anteriores
Materias
  • Ciclomotores
  • Componentes de vehículos
  • Homologación
  • Maquinaria agrícola
  • Motocicletas
  • Remolques
  • Vehículos de motor

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