El Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en virtud de las competencias atribuidas en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adoptó por unanimidad, en su sesión de 31 de marzo de 2006, el Acuerdo por el que se aprueba la Resolución del Presidente de ADIF de 31 de marzo de 2006, de delegación en Órganos Internos de la Entidad la competencia de Ordenar los Gastos y Pagos.
Procede por tanto, según determina el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación de dicho Acuerdo, que figura como Anexo a esta Resolución.
Madrid, 10 de abril de 2006.-La Secretaria General, Josefina Cruz Villalón.
ANEXO Acuerdo de 31 de marzo de 2006 del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias por el que se aprueba la resolución del Presidente de ADIF, de 31 de marzo de 2006, de delegación en órganos internos de la Entidad la competencia de ordenar los gastos y pagos
El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, en su sesión celebrada el 31 de marzo de 2006, ha adoptado, por unanimidad, el siguiente acuerdo:
Aprobar la Resolución del Presidente de ADIF, de 31 de marzo de 2006, por la que se delegan en Órganos internos de la Entidad la competencia de Ordenar los Gastos y Pagos, en los siguientes términos: «Resolución: 1.ª Delegar, con efectos desde el día 31 de marzo de 2006, en los órganos internos de la Entidad que se relacionan, en el ámbito de sus respectivas funciones y con la extensión y alcance que se expresan, la competencia de ordenar los gastos y pagos de la Entidad: Hasta la cuantía de 6.000.000 de euros, en el Director General Económico Financiero y de Control, a propuesta de los Directores Generales correspondientes o de la Secretaria General y del Consejo de Administración.
Hasta la cuantía de 1.000.000 de euros, en los Directores Generales y en la Secretaria General y del Consejo de Administración, a propuesta de los Directores Ejecutivos, de los Directores de Línea de Alta Velocidad o de los Directores dependientes directamente de los Directores Generales o de la Secretaría General y del Consejo de Administración, en sus respectivas áreas o ámbitos territoriales. Hasta la cuantía de 1.000.000 de euros, en el caso de gastos de energía o combustibles, en el Director Ejecutivo de Telecomunicaciones y Energía. Para cuantías superiores a 1.000.000 de euros, en el caso de energía o combustibles, en el Director General de Explotación de la Infraestructura a propuesta del Director Ejecutivo de Telecomunicaciones y Energía. Hasta la cuantía de 700.000 euros:
En la Dirección General de Planificación Estratégica: en el Director de Planificación de Inversiones y Proyectos Singulares, en el Director de Análisis Estratégico y Desarrollo de Negocios, en el Director de Planificación y Desarrollo de Red y en el Director de Relaciones Internacionales, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos.
En la Dirección General Económico Financiera y de Control: en el Director de Patrimonio y Urbanismo, en el Director de Planificación Financiera y Presupuestos, en el Director de Tesorería y Contabilidad, en el Director de Auditoría Interna y Control de Gestión, en el Director de Sistemas de Información y en el Director de Compras y Contratación, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos. En la Dirección General de Seguridad, Organización y Recursos Humanos: en el Director de Planificación, Política Retributiva y Sistemas de Recursos Humanos, en el Director de Calidad y Medio Ambiente, en el Director de Organización, Formación y Desarrollo, en el Director de Recursos Humanos, en el Director de Seguridad en la Circulación y en el Director de Protección Civil y Seguridad, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos. En la Dirección General de Grandes Proyectos de Alta Velocidad: en el Director Ejecutivo de Programación y Coordinación Técnica de Alta Velocidad y en la Directora de Contratación, Administración y Recursos, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos. En la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura: en el Director Ejecutivo de Mantenimiento de Infraestructura, en el Director Ejecutivo Adjunto de Mantenimiento de Infraestructura Alta Velocidad, en el Director de Contratación y Compras, en el Director de Gestión Operativa de Activos, en el Director de Innovación Tecnológica, en el Director de Plataforma, Vía y Pasos a Nivel y en el Director de Instalaciones, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos. En la Dirección General de Explotación de la Infraestructura: en el Director Ejecutivo de Telecomunicaciones y Energía, en el Director Ejecutivo de Estaciones de Viajeros, en el Director Ejecutivo de Terminales de Mercancías, en el Director Ejecutivo de Circulación, en el Director de Contratación y Compras y en el Director Comercial y de Atención al Cliente, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos. En los Directores de Línea de Alta Velocidad en sus respectivos ámbitos territoriales, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquellos. En el Director de Comunicación y Relaciones Externas, a propuesta del máximo responsable del seguimiento de la ejecución del contrato, del responsable de la tramitación del expediente de gasto o de los Directores dependientes de aquél.
Hasta la cuantía de 300.000 euros, en los titulares de los restantes órganos internos de la Entidad que, adscritos o bajo dependencia de esta Presidencia o de los respectivos titulares de las Direcciones Generales, Secretaría General y del Consejo de Administración, Dirección de Comunicación y Relaciones Externas, Direcciones Ejecutivas o Direcciones de Línea de Alta Velocidad, en sus correspondientes áreas o ámbitos territoriales, sean determinados mediante normativa de régimen interno desarrollada al efecto, a propuesta del responsable del seguimiento de la ejecución del contrato o del responsable de la tramitación del expediente de gasto.
En el caso de nóminas y liquidaciones a la Seguridad Social por importe superior a 6.000.000 de euros, en el Director General de Seguridad, Organización y Recursos Humanos, a propuesta del Director de Recursos Humanos dependiente directamente de aquél. En el supuesto de liquidaciones tributarias por importe superior a 6.000.000 euros, en el Director General Económico Financiero y de Control, a propuesta del Director de Tesorería y Contabilidad. Para cuantía superior a 6.000.000 euros, y con excepción de la delegación establecida en la presente resolución para los pagos de nóminas, Seguridad Social y tributos, así como la establecida para los gastos de energía y combustibles, la ordenación del gasto y del pago queda reservada al Presidente de la Entidad, a propuesta de los Directores Generales correspondientes o de la Secretaria General y del Consejo de Administración. Todas las cantidades a las que se refiere la presente Resolución, se entienden finales, es decir, incluyendo todos los conceptos de cualquier naturaleza, incluso el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y netos de toda cantidad o importe satisfecho en otro momento o acto. Se exceptúan del ámbito de aplicación de esta Resolución los pagos realizados en el ejercicio de las facultades de apoderamiento en materia de endeudamiento y gestión financiero-patrimonial. Se habilita al Director General Económico Financiero y de Control para que pueda dictar cuantas disposiciones de régimen interno procedan para el desarrollo y correcta aplicación de esta Resolución, en garantía de su plena eficacia.
2.ª Dejar sin efecto, en consecuencia, las Resoluciones del Presidente de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, aprobadas mediante acuerdo de su Consejo de Administración de fecha 25 de febrero y 22 de julio de 2005, respectivamente, sobre Delegación de competencias del Presidente en materia de ordenación de Gastos y Pagos de la Entidad en el personal directivo y órganos internos de la Entidad, publicados en el BOE número 73, de fecha 26 de marzo de 2005, y en el BOE número 193, de fecha 13 de agosto de 2005.
Publíquese la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".»
Madrid, 31 de marzo de 2006.-El Presidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Antonio González Marín.
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