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Documento BOE-A-2017-6062

Resolución de 18 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica la modificación del Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada "Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE" y se da publicidad a la implantación, lanzamiento y finalización de varios productos de dicha modalidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 2017, páginas 44386 a 44393 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2017-6062
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/04/18/(2)

TEXTO ORIGINAL

Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una Corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa específica propia y que, para la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego, las loterías de ámbito estatal han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley, lo que se ha materializado en su disposición adicional primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar productos de loterías de ámbito estatal.

En esta materia, las actuaciones de la Organización deben ajustarse a las prescripciones del ordenamiento vigente, representado por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; por las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego; por el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2012-2021, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 18 de noviembre de 2011 y modificado mediante las revisiones parciales aprobadas por el Consejo de Ministros el 25 de octubre de 2013, el 1 de agosto de 2014, el 10 de julio de 2015 y el 18 de diciembre de 2015; por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada, modificado por el Real Decreto 1706/2011, de 18 de noviembre, y por el Real Decreto 1152/2015, de 18 de diciembre; y por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, de Reordenación de la ONCE, así como por sus vigentes Estatutos, publicados por Orden SSI/924/2016, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de 8 de junio de 2016.

De acuerdo a lo establecido en la normativa anterior, el Pleno del Consejo de Protectorado aprobó en su reunión de 26 de abril de 2016 los «Procedimientos y Criterios de Control comunes a las tres modalidades de lotería de las que es titular la ONCE» y los «Procedimientos y Criterios de control de la modalidad de lotería denominada “Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE”».

Conforme al referido marco de ordenación, la ONCE debe comunicar con antelación suficiente las condiciones de todas sus modalidades de lotería autorizadas al Consejo de Protectorado, como órgano al que corresponde el Protectorado del Estado sobre la Organización, para su conocimiento y verificación de que se cumplen los términos de la concesión estatal y demás normativa de general aplicación, así como para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como garantía de los consumidores. Igualmente, la ONCE debe comunicar al Consejo de Protectorado las modificaciones de los Reglamentos reguladores de sus diferentes modalidades y productos de lotería, para su conocimiento y verificación de su conformidad a las normas de ordenación, antes mencionadas, procediendo a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores.

En cumplimiento de las anteriores previsiones, la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE, en reunión ordinaria de 18 de abril de 2017, ha verificado que el Acuerdo CEP 4/2017-3.1, de 22 de marzo, de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE sobre «Implantación de cuatro nuevos grupos de productos de Lotería instantánea, y modificación del reglamento regulador de los productos de la modalidad denominada “Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE” mediante la derogación de nueve apéndices y la inclusión de cuatro nuevos apéndices» cumple con la normativa antes mencionada.

Mediante dicho acuerdo se procede a derogar, con fecha 1 de agosto de 2017, los apéndices 2, 6, 12, 21, 29, 30, 43, 44 y 45 del Reglamento regulador del juego denominado «Lotería instantánea de Boletos de la ONCE», que contienen las normas de los productos:

– «Con mecánica siete de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 2 (apéndice 2).

– «Con mecánica consigue un siete al sumar dos cifras en 6 oportunidades» a dos euros, clase 1 (apéndice 6).

– «Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a tres euros, clase 2 (apéndice 12).

– «Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a tres euros, clase 3 (apéndice 21).

– «Con mecánica encuentra 3 figuras iguales en 5 oportunidades» a dos euros, clase 1 (apéndice 29).

– «Con mecánica encuentra 3 figuras iguales en 5 oportunidades» a dos euros, clase 2 (apéndice 30).

– «Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 3 (apéndice 43).

– «Con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10», a cinco euros, clase 10 (apéndice 44).

– «Con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10· a cinco euros, clase 11 (apéndice 45).

Asimismo, en dicho acuerdo se aprueba la implantación de cuatro nuevos grupos de productos de lotería instantánea, que conlleva la introducción de cuatro nuevos apéndices en el reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE»:

– «Con mecánica 7 de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 5 (apéndice 42).

– «Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 4 (apéndice 48).

– «Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 5 (apéndice 49).

– «Con mecánica reúne varias piezas iguales en 5 oportunidades» a tres euros, clase 1 (apéndice 50).

Las normas de los cuatro nuevos grupos de productos de lotería entrarán en vigor el 14 de junio de 2017, y tendrán una duración indefinida. No obstante, la fecha de comienzo de comercialización efectiva de cada producto la determinará, en su momento, el Consejo General de la ONCE, y se publicará en la resolución trimestral de la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado, sobre los productos de lotería de la ONCE o en una resolución específica de dicho órgano.

En consecuencia, procede dar publicidad al Acuerdo del Consejo General de la ONCE y a la reforma del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE», recogida en los anexos I, II, III y IV que acompañan a esta Resolución.

También, procede dar publicidad, como garantía de los consumidores, al Acuerdo de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE CEP.4/2017-3.2, de 22 de marzo, sobre «Lanzamiento de cuatro productos de lotería instantánea con los nombres de «7 de la suerte 2017, «Super 7 de la suerte», «Super 7 de la suerte electrónico» y «Premios del Olimpo».

Los cuatro productos tendrán las características de los grupos de productos regulados en los apéndices correspondientes reseñados anteriormente, aprobados por la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General el 22 de marzo de 2017, mediante acuerdo CEP.4/2017-3.1, verificado por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión ordinaria de 18 de abril de 2017, cuyo contenido se encuentra en los anexos I, II, III y IV que acompañan a esta Resolución y tendrán las siguientes fechas de inicio de comercialización:

a) En soporte físico:

Nombre

Apéndice del Reglamento

Nombre de la mecánica

Fecha de Inicio de comercialización

7 de la suerte 2017.

42

«Con mecánica 7 de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 5.

14/06/2017

Super 7 de la suerte.

48

«Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 4.

14/06/2017

b) En soporte electrónico:

Nombre

Apéndice del Reglamento

Nombre de la mecánica

Fecha de Inicio de comercialización

Super 7 de la suerte electrónico.

49

«Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 5.

14/06/2017

Premios del Olimpo.

50

«Con mecánica reúne varias piezas iguales en 5 oportunidades» a tres euros, clase 1.

14/06/2017

Por último, la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado celebrada el 18 de abril de 2017 ha acordado dar publicidad a la Resolución 9/2017, de 7 de marzo de 2017, del Director General de la ONCE por la que se dispone la finalización de los productos de lotería instantánea siguientes:

– «Con dos áreas de juego y dos mecánicas», a tres euros, clase 2, denominado «La Liga 2016-17».

– «Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a tres euros, clase 3, denominado «La Liga Electrónico 2016-2017».

– «Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 3, denominado «La Liga 2016 electrónico».

– «Con mecánica siete de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 2, denominado «El siete de la suerte plus».

– «Con mecánica encuentra 3 figuras iguales hasta en 5 oportunidades» a dos euros, clase 1, denominado «El Hormiguero».

– «Con mecánica encuentra 3 figuras iguales hasta en 5 oportunidades» a dos euros, clase 2, denominado «El Hormiguero electrónico».

– «Con mecánica consigue un siete al sumar dos cifras en 6 oportunidades» a dos euros, clase 1, denominado «Dados».

La fecha de finalización de la comercialización de los boletos de estos productos será el 30 de junio de 2017, y la fecha límite para el abono de premios será el 31 de julio de 2017.

Madrid, 18 de abril de 2017.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO I

APÉNDICE 42

Normas de los productos «con mecánica 7 de la suerte», a cincuenta céntimos de euro, clase 5

1. Aspectos generales. Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos

14 de junio de 2017

Soporte de comercialización

Físico

Precio por boleto

0,50 euros

Boletos por serie

10.000.000

Valor facial de la serie

5.000.000 euros

Número de boletos premiados por serie

2.774.820

Importe de premios por serie

2.750.000 euros

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie

55,0 %

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categoría de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto (en euros)

1.ª

20

3.000,00

2.ª

800

100,00

3.ª

10.000

10,00

4.ª

44.000

5,00

5.ª

220.000

2,00

6.ª

200.000

1,50

7.ª

800.000

1,00

8.ª

1.500.000

0,50

2. Mecánica de funcionamiento:

a) El boleto de este producto consta de dos áreas de juego denominadas «tus números» y «premio».

b) El área «tus números» consta de cinco figuras, y el área «premio» de una figura.

c) Al rascar el área de juego «tus números», debajo de cada una de las figuras aparece un número y su expresión en letras. También puede aparecer debajo de alguna de las figuras un símbolo especial.

d) Al rascar el área de juego «premio» aparece un importe, expresado en euros, en cifras y letras.

e) Si al rascar el área de juego «tus números», bajo alguna de las figuras aparece el número siete, el boleto está premiado y se gana el premio expresado en el área de juego «premio».

f) Si al rascar el área de juego «tus números», bajo alguna de las figuras aparece el símbolo especial, el boleto está premiado con 1,50 euros, con independencia del importe que aparezca en el área «premio».

g) Cada boleto sólo puede tener un premio.

ANEXO II

APÉNDICE 48

Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas», a dos euros, clase 4

1. Aspectos generales. Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos

14 de junio de 2017

Soporte de comercialización

Físico

Precio por boleto

2 euros

Boletos por serie

2.000.000

Valor facial de la serie

4.000.000 euros

Número de boletos premiados por serie

490.541

Importe de premios por serie

2.520.000 euros

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie

63,0 %

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categoría de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto (en euros)

1.ª

1

50.000

2.ª

40

1.000

3.ª

1.020

100

4.ª

3.680

50

5.ª

4.800

25

6.ª

13.000

20

7.ª

12.000

15

8.ª

24.000

10

9.ª

160.000

5

10.ª

272.000

2

2. Mecánica de funcionamiento.

2.1 El boleto de este producto cuenta con dos áreas de juego:

2.2 Mecánica del «área de juego 1»:

a) El «área de juego 1» contiene dos zonas de juego denominadas «tus números» y «premio».

b) La zona «tus números» consta de tres figuras, y la zona «premio» de una figura.

c) Al rascar la zona de juego «tus números», debajo de cada una de las figuras aparece un número y su expresión en letras.

d) Al rascar la zona de juego «premio» aparece un importe, expresado en euros, en cifras y letras.

e) Si al rascar la zona de juego «tus números», bajo alguna de las figuras aparece el número siete, el área de juego está premiada y se gana el premio expresado en la zona de juego «premio».

f) El «área de juego 1» sólo puede tener un premio.

2.3 Mecánica del «área de juego 2»:

a) El «área de juego 2» contiene tres jugadas independientes dispuestas horizontalmente. Cada una de las jugadas consta de dos iconos dispuestos horizontalmente y debajo un elemento denominado «premio».

b) Al rascar el «área de juego 2», debajo de cada uno de los iconos aparece un número y su expresión en letras. Debajo del elemento «Premio» aparece un importe, expresado en euros, en cifras y letras.

c) Si al rascar el «área de juego 2», en alguna de las jugadas, la suma de los dos números que aparecen debajo de los iconos es igual a siete, la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.

d) El «área de juego 2» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.

2.4 Aspectos comunes. Un mismo boleto podrá contener una o varias áreas de juego premiadas, siendo el premio total del boleto la suma de los premios de cada una de las áreas de juego.

ANEXO III

APÉNDICE 49

Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas», a dos euros, clase 5

1. Aspectos generales. Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos

14 de junio de 2017

Soporte de comercialización

Electrónico

Precio por boleto

2 euros

Boletos por serie

2.000.000

Valor facial de la serie

4.000.000 euros

Número de boletos premiados por serie

489.822

Importe de premios por serie

2.520.000 euros

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie

63,0 %

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categoría de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto (en euros)

1.ª

2

50.000

2.ª

40

1.000

3.ª

720

100

4.ª

3.300

50

5.ª

4.760

25

6.ª

13.000

20

7.ª

12.000

15

8.ª

24.000

10

9.ª

160.000

5

10.ª

272.000

2

2. Mecánica de funcionamiento.

2.1 El boleto de este producto cuenta con dos áreas de juego.

2.2 Mecánica del «área de juego 1»:

a) El «área de juego 1» contiene dos zonas de juego denominadas «tus números» y «premio».

b) La zona de juego «tus números» consta de tres figuras, y la zona de juego «premio» de una figura.

c) Al desvelar la zona de juego «tus números», en cada una de las figuras aparece un número.

d) Al desvelar la zona de juego «premio» aparece un importe, expresado en euros.

e) Si al desvelar la zona de juego «tus números», en alguna de las figuras aparece el número siete, el área de juego está premiada y se gana el premio expresado en la zona de juego «premio».

f) El «área de juego 1» sólo puede tener un premio.

2.3 Mecánica del «área de juego 2»:

a) El «área de juego 2» contiene tres jugadas independientes dispuestas horizontalmente. Cada una de las jugadas consta de dos iconos dispuestos horizontalmente y debajo un elemento denominado «premio».

b) Al desvelar el «área de juego 2», en cada uno de los iconos aparece un número. En el elemento «Premio» aparece un importe, expresado en euros.

c) Si al desvelar el «área de juego 2», en alguna de las jugadas, la suma de los dos números que aparecen en los iconos es igual a siete, la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.

d) El «área de juego 2» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.

2.4 Aspectos comunes. Un mismo boleto podrá contener una o varias áreas de juego premiadas, siendo el premio total del boleto la suma de los premios de cada una de las áreas de juego.

ANEXO IV

APÉNDICE 50

Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en 5 oportunidades» a tres euros, clase 1

1. Aspectos generales. Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:

Vigencia del grupo de productos

14 de junio de 2017

Soporte de comercialización

Electrónico

Precio por boleto

3 euros

Boletos por serie

2.000.000

Valor facial de la serie

6.000.000 euros

Número de boletos premiados por serie

555.135

Importe de premios por serie

3.840.000 euros

Porcentaje de premios sobre el valor de la serie

64,0 %

La estructura de premios por categoría es la siguiente:

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto (en euros)

1.ª

2

150.000

2.ª

3

1.000

3.ª

30

150

4.ª

700

100

5.ª

900

75

6.ª

1.000

50

7.ª

5.000

30

8.ª

7.500

20

9.ª

25.000

16

10.ª

10.000

13

11.ª

40.000

10

12.ª

40.000

9

13.ª

160.000

6

14.ª

265.000

3

2. Mecánica de funcionamiento.

2.1 El boleto de este producto cuenta con dos áreas de juego y dos dados, uno blanco y otro negro:

a) El área situada a la derecha del boleto es el área de premios y está formada por varias zonas de premio dispuestas en filas. Cada una de las zonas de premio está asociada a un color determinado con unas casillas que deben completarse para obtener el premio. En esta área también se encuentran dos círculos, cada uno de los cuales se encuentra asociado a un posible premio instantáneo y una zona de premios acumulados.

b) El área situada en la parte central del boleto cuenta con 36 casillas dispuestas en forma de cuadricula de 6 x 6. Las casillas pueden tener diferentes colores y símbolos. El color de fondo de cada casilla puede coincidir con el color del símbolo o ser amarillo.

2.2 Funcionamiento:

a) Para jugar, el jugador debe accionar los dados cinco veces, indicando el dado blanco el valor de la fila y el dado negro el de la columna. Cada vez que se accionan los dados, aparece un valor en cada dado, determinando la intersección de los valores de fila y columna, una casilla.

b) Dicha casilla, junto con las adyacentes del mismo símbolo forman un «bloque de casillas iguales» que por su color van completando las casillas correspondientes del área de premios. A estos efectos un «bloque de casillas iguales», está formado por las casillas adyacentes del mismo símbolo que se encuentren arriba, abajo o en los laterales de la casilla determinada por la combinación numérica indicada por los dados, además de las contiguas a cualquiera de ellas que tengan también el mismo símbolo.

c) Tras cada tirada de dados, los huecos dejados se cubren por las casillas superiores y en las superiores que quedan vacías aparecen nuevos símbolos.

d) Si alguna de las casillas del «bloque de casillas iguales» tiene el fondo amarillo, dicha casilla completa dos casillas del área de premios: una casilla de la zona de premios acumulados asociada al color amarillo y una casilla del color de su símbolo.

e) Si una vez completadas las cinco tiradas, se completan tres casillas de la zona de premios acumulados se consigue un premio de 3 €, si fueran cuatro, un premio de 20 € y si fueran cinco, un premio de 75 €, no siendo acumulativos entre sí estos premios.

f) Si la casilla de intersección coincide con un símbolo que representa una moneda, se obtiene un premio directo que se trasladará al círculo de premios instantáneos del área de premios.

g) Si una vez completadas las cinco tiradas, en el área de premios del boleto se han completado todas las casillas del mismo color de una zona de premios, se gana el premio correspondiente a dicha zona.

h) Un boleto puede tener más de un premio, siendo acumulables los premios correspondientes.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/04/2017
  • Fecha de publicación: 31/05/2017
Referencias anteriores
  • DEROGA, con efectos desde el 1 de agosto de 2017, los apéndices 2, 6, 12, 21, 29, 30, 43, 44 y 45 y AÑADE, con efectos desde el 14 de junio de 2017, los apéndices 42 y 48 a 50 al reglamento publicado por Resolución de 31 de julio de 2015 (Ref. BOE-A-2015-10095).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • las disposiciones adicionales 1 y 2 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo (Ref. BOE-A-2011-9280).
    • el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-2005-19153).
Materias
  • Juego
  • Organización Nacional de Ciegos

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