El Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto (modificado por RD 787/2020) por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal, en ejercicio de las competencias asignadas a la Dirección Provincial del SEPE en Jaén en virtud de lo dispuesto por el artículo primero.siete de la Resolución del 6 de octubre de 2008, sobre delegación de competencias, y junto a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, hace necesario regular la composición y funcionamiento de la Mesa de Contratación de la Dirección Provincial de Jaén de este Organismo.
ANTECEDENTES
Mediante resolución de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Jaén de fecha 19 de julio de 2018 y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 13 de agosto de 2018, se determina la composición de la Mesa de Contratación.
Por cuanto precede, esta Dirección Provincial, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 326 de la Ley de Contratos del Sector Público, ha resuelto lo siguiente:
Por cuestiones organizativas, se modifica con carácter permanente la Mesa de Contratación de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo estatal en Jaén, con las funciones que le asigna la Ley de Contratos del Sector Público.
La Mesa de Contratación estará integrada por los siguientes miembros:
Presidente: El Subdirector Provincial de Gestión Económica y Servicios del Servicio Público de Empleo Estatal en Jaén. El Jefe de Sección Gestión Económica, sustituirá al Subdirector Provincial de Gestión Económica y Servicios en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
Vocal: Un Letrado del Servicio Público de Empleo Estatal en Jaén. Será sustituido en caso de vacante, ausencia o enfermedad por otro Letrado de la Dirección Provincial.
Vocal: El Coordinador del Observatorio Ocupacional de la Dirección Provincial. Será suplido en caso de vacante, ausencia o enfermedad por el Jefe de Sección de Habilitación y Pagaduría de la Dirección Provincial.
Un Abogado del Estado. Será remplazado en caso de vacante, ausencia o enfermedad por un Letrado de esta Dirección Provincial con funciones de asesoramiento jurídico.
El Interventor Delegado de la Intervención Territorial en Jaén del Ministerio de Hacienda que podrá ser sustituido en caso de vacante, ausencia o enfermedad por el Interventor designado al efecto.
Secretario: El Jefe de Negociado de Patrimonio de esta Dirección Provincial que será sustituido en caso de vacante, ausencia o enfermedad por la Jefa de Sección de Personal y patrimonio de esta Dirección Provincial.
Cuando así lo aconseje el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá designar cuantos vocales asesores considere conveniente, en razón de sus especiales conocimientos técnicos, quienes actuarán con voz pero sin voto, y no tendrán la consideración de integrantes de la Mesa.
La Mesa de Contratación de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Jaén, como órgano colegiado, se regirá en sus procedimientos, además de por la normativa específica de contratación administrativa, por lo establecido en materia de órganos colegiados, en el capítulo II del título preliminar de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Jaén, 14 de septiembre de 2020.–La Directora Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Jaén, Isabel del Perpetuo Socorro Mendoza Arnau.
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