Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar un proceso selectivo de estabilización de empleo temporal para el ingreso en el Cuerpo de Médicos Titulares.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 (BOE de 1 de enero de 2021), por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio), por las que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso a cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otros, en el Punto de Acceso General (https://www.administracion.gob.es) y en el portal del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es).
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza del Cuerpo de Médicos Titulares, Código 1205, por el sistema de estabilización de empleo temporal, comprendida en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo de estabilización de empleo público se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. El procedimiento de selección garantizará los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado las fases de oposición y de concurso serán nombradas funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
3. Desarrollo del proceso selectivo
3.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «U», de conformidad con lo previsto en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» de 13 de mayo).
3.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se indicará la relación de personas excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio del proceso selectivo.
3.3 Una vez comenzado el mencionado proceso, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en los lugares establecidos en el artículo 21 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en las direcciones de Internet señaladas en la base 10, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.
Las fechas de realización de alguno de los ejercicios, o sus lecturas, así como el curso selectivo, podrán ser coincidentes con las fechas de celebración de ejercicios y cursos selectivos de otros procesos de selección.
3.4 Según lo establecido en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público del año 2022, el primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. La previsión sobre la duración máxima de este proceso selectivo es de nueve meses.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal calificador deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.
4. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II de esta convocatoria.
5. Tribunal
5.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria. Para aquellos ejercicios que requieran su inmediata corrección, la composición diaria del tribunal podrá ser de tres miembros, designados por el presidente. Las competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios. Se publicará un breve currículum profesional de las personas que forman parte de los tribunales en el Punto de Acceso General (https://www.administracion.gob.es) y en el portal del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es).
5.2 El tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española.
5.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
5.4 Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de que alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
5.5 El Tribunal calificador podrá adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo la realización de las pruebas selectivas o de algunas de sus fases, pudiendo establecer el procedimiento a seguir en el uso de los medios electrónicos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas o de alguna de sus fases, de forma que el proceso se haga accesible mediante la territorialización, según la lista de admitidos.
5.6 El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará de acuerdo con lo establecido en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el tribunal acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente, en las actas del tribunal deberá quedar constancia el desglose de las puntuaciones otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta convocatoria.
El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Sanidad, paseo del Prado, 18-20, dirección de correo electrónico medicostitularesestabilizacion2022@sanidad.gob.es.
6. Requisitos de las personas aspirantes
Además de los requisitos enumerados en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de licenciado o graduado en Medicina, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los requisitos exigidos.
7. Solicitudes
7.1 De acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud y documentación y, en su caso, la subsanación deberá realizarse por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (https://www.administracion.gob.es/PAG/ips).
7.2 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar su solicitud (modelo 790) cumplimentada electrónicamente en la forma establecida en las bases 7.3 y 7.4. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
7.3 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de Acceso General en la URL: https://www.administracion.gob.es/PAG/ips. Para ello, las personas aspirantes deberán seleccionar el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción online» deberá pulsar el botón «Ciudadano» para posteriormente seleccionar el medio de identificación elegido pulsando el botón «Acceder». Es imprescindible disponer de certificado electrónico o estar registrado en el sistema cl@ve para identificarse y realizar la inscripción.
La presentación electrónica permitirá lo siguiente:
− La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
− Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.
− El pago electrónico de tasas.
− El registro electrónico de la solicitud.
Cumplimentados todos los datos solicitados, las personas interesadas pulsarán el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en las bases 7.7 y 7.10, esta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica.
7.4 Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad en el extranjero a la cuenta corriente restringida de recaudación código SWIFT BBVAESMM; IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, siendo por cuenta de la persona aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen por dicha transferencia.
7.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V.
7.6 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, a continuación, se recoge la información básica al respecto:
− Responsable: Ministerio de Sanidad. Subsecretaría. Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios. Paseo del Prado n.º 18-20, 28071 (Madrid). Correo: subsecretaria@sanidad.gob.es.
− Delegado de Protección de Datos: delegadoprotecciondatos@sanidad.gob.es.
− Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario.
− Legitimación: Artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
− Destinatarios: Los datos de identidad de las personas aspirantes (nombre, apellidos y los dígitos del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, o documento equivalente que correspondan según la Orientación para la aplicación provisional de la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018) serán publicados en la página web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es) y en el Punto de Acceso General (https://www.administracion.gob.es).
− Derechos: Las personas interesadas tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y de oposición mediante los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.7 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la dirección https://www.administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad de la persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria. Además, serán requisitos para el disfrute de esta exención que, en el plazo de que se trate, la persona interesada no haya rechazado oferta de empleo adecuado ni se haya negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, no haya percibido durante el ejercicio al que corresponde la oferta de empleo público de la que deriva este proceso selectivo, rentas superiores en cómputo anual al salario mínimo interprofesional. A estos efectos, se valorarán las rentas percibidas por las personas interesadas durante el ejercicio 2021.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del impuesto sobre la renta de las personas físicas del ejercicio indicado anteriormente y, en su caso, del certificado del nivel de renta.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 19 de noviembre), de protección de la Familia Numerosa. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 por cien de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 por ciento los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante copia auténtica del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la dirección https://www.administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
7.8 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión de la persona aspirante.
7.9 En ningún caso el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo en tiempo y forma.
7.10 Las personas aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la siguiente documentación adicional:
a) Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo, incluyendo el curso selectivo, deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el tribunal calificador pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
b) Las personas aspirantes incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base décima.1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.
c) Aquellas personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
8. Embarazo de riesgo o parto
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal calificador y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
9. Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en las páginas web del Punto de Acceso General (https://www.administracion.gob.es) y del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del mismo.
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
10. Selección de personal funcionario interino
Con objeto de reducir los plazos de incorporación de personal funcionario interino de las plazas del sistema de acceso general, y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de ese personal, el órgano calificador de este proceso selectivo, a la finalización del mismo, podrá elaborar una relación de posibles candidatos para el nombramiento como funcionarios interinos, con la duración, características y funcionamiento que establezca el órgano convocante, de conformidad con lo establecido en el apartado vigésimo de la Orden HFP/ 688/2017, de 20 de julio.
11. Norma final
A estas pruebas selectivas les será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el resto de la normativa vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría de Sanidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Madrid, 12 de diciembre de 2022.–La Subsecretaria de Sanidad, Dionisia Manteca Marcos.
Estabilización de empleo temporal
1. Fase de oposición
La oposición estará formada por los siguientes ejercicios, no siendo ninguno de carácter eliminatorio:
Primer ejercicio. Consistirá en la evaluación del conocimiento escrito del idioma inglés de las personas candidatas. A tal efecto, se establecen dos modalidades de evaluación: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual las personas candidatas podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos recogidos en el anexo IV y siguiendo el procedimiento establecido. Deberán indicar en la casilla «27 A» del modelo 790 la opción de evaluación del conocimiento de idioma a la que se acogen, escribiendo «Presencial», si se va a realizar la prueba escrita o, escribiendo «Titulación», si se va a presentar alguno de los títulos recogidos en el Anexo IV que acredite el nivel de idioma.
Independientemente de la modalidad a la que se acojan los candidatos, la calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos. Esta calificación vendrá determinada por la capacidad comprensiva de la persona aspirante para entender el idioma inglés, ya sea demostrada mediante la realización de la correspondiente prueba o acreditada mediante alguno de los títulos recogidos en el anexo IV.
a) Modalidad presencial.
Consistirá en la traducción al castellano y sin diccionario de un texto en inglés propuesto por el tribunal. Para la realización del ejercicio las personas aspirantes dispondrán de cuarenta y cinco minutos.
La calificación de este ejercicio, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad de acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación y conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
– Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un B2.
– Una puntuación de 15 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C1.
– Una puntuación de 20 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C2.
– Cuando el nivel demostrado en las pruebas sea inferior a B2 no se tendrá acceso al siguiente ejercicio.
El tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma inglés.
b) Modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación.
Alternativamente a la modalidad anterior, las personas opositoras que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo IV, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias, salvo que el plazo de vigencia del título presentado sea inferior, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por las normas que rijan el título en cuestión.
Aquellas personas candidatas que se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en el modelo 790 deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés.
La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
– Una puntuación de 10 puntos a un nivel B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.
– Una puntuación de 15 puntos a un nivel C1, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.
– Una puntuación de 20 puntos a un nivel C2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.
– Los niveles inferiores a B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV no supondrán la superación de la prueba.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el acceso al siguiente ejercicio.
Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad presencial, a aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación.
Segundo ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, de dos temas, uno de la parte primera y otro de la parte segunda del programa. Para ello, el opositor elegirá un tema de entre dos sacados al azar por el tribunal de cada una de dichas partes del programa. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual, el tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del mismo durante un tiempo máximo de quince minutos. Se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como la forma de presentación y exposición. Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos.
Tercer ejercicio. Resolución por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas, de un supuesto práctico propuesto por el tribunal sobre las materias contenidas en el programa. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual, el tribunal podrá formular preguntas sobre los extremos relacionados con su ejercicio durante un tiempo máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos. El tribunal podrá contar con asesores especialistas para la valoración de todos o alguno de los ejercicios de la oposición.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, se estará a lo establecido en la oferta de empleo público para el año 2022.
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero, segundo y tercero. La calificación total de la fase de oposición supondrá un 60 por ciento de la calificación final del proceso selectivo de concurso-oposición. Para pasar a la fase de concurso será necesario que la puntuación final de la fase de oposición sea, al menos, de 30 puntos.
El número de aprobados en la fase de oposición será el de las personas que hayan superado la misma, aun cuando esta cifra exceda del número total de plazas a cubrir.
Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales estarán exentas de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.
Finalizada la fase de oposición, se publicará en la página web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es) y en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación.
2. Concurso
Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que la hubieran superado dispondrán de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados de la fase de oposición, para presentar el certificado de méritos profesionales, que deberá ser expedido por los servicios de personal del Ministerio y Organismo donde presten o hayan prestado sus servicios y en el que consten los méritos a valorar en la fase de concurso, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio; así como la presentación de copia auténtica de la titulación a valorar para la acreditación de los méritos académicos.
La fase de concurso no tiene carácter eliminatorio. La valoración de los méritos, tanto profesionales como de formación y perfeccionamiento, incluirá aquellos obtenidos hasta la fecha de publicación de la convocatoria según el modelo del anexo VI. Este anexo estará disponible en la página web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es).
La valoración de esta fase supondrá un 40 por ciento de la calificación total del concurso-oposición. Su puntuación será como máximo de 40 puntos para aquellas personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Méritos profesionales. Supondrán el 90% (36 puntos) de la puntuación de la fase de concurso:
a) Servicios prestados en el Cuerpo de la Administración General del Estado al que se desea acceder. La puntuación será de 0,3 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 36 puntos que se alcanzará con diez años de servicio.
b) Servicios prestados como personal funcionario en otros Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado o como personal laboral del ámbito del IV Convenio único, siempre que pertenezca al mismo nivel de clasificación profesional y desempeñe tareas propias de personal funcionario. La puntuación será de 0,18 puntos por mes de servicio hasta un máximo de 21,6 puntos (60%) que se alcanzará con diez años de servicio.
c) Servicios prestados en Cuerpos o Escalas de otras Administraciones Públicas, siempre que desarrolle funciones equivalentes a las del Cuerpo o Escala objeto de la convocatoria. La puntuación será de 0,12 puntos por mes de servicio hasta un máximo de 14,4 puntos (40%) que se alcanzará con diez años de servicio.
d) Servicios prestados en órganos constitucionales y resto del sector público como personal funcionario o como personal laboral. La puntuación será de 0,06 puntos por mes de servicio hasta un máximo de 7,2 puntos (20%) que se alcanzará con diez años de servicio.
2. Méritos académicos. Supondrán el 10% (4 puntos) de la valoración de la fase de concurso, que se desglosará de la siguiente forma:
a) Por la superación en los últimos cinco años, a computar desde la publicación de la convocatoria, de uno o más ejercicios integrantes de los procesos selectivos convocados para el acceso al Cuerpo de esta convocatoria se otorgará 2 puntos.
b) Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo o de los Planes para la Formación Continua del personal de las Administraciones Públicas, en los últimos diez años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, debidamente acreditados. Se otorgarán un máximo de 2 puntos y se realizará de la siguiente forma:
– 0,5 puntos por cada curso recibido de una duración igual o superior a 15 horas.
– 0,5 puntos por cada curso impartido, con un mínimo de dos horas de impartición.
Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma materia.
La lista que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición y comprenderá a las personas aspirantes que superen la misma.
En caso de empate en la valoración final del proceso selectivo, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1) Mayor número de días de desempeño de servicios en la mismo Cuerpo de esta convocatoria.
2) Mayor número de días de desempeño de servicios en el ámbito de la Administración General del Estado.
3) Mayor puntuación en méritos profesionales.
4) Mayor puntuación en méritos académicos.
5) Orden alfabético de los apellidos y nombre, teniendo en cuenta la letra resultante del sorteo previsto en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» de 13 de mayo).
Finalizada la fase de concurso-oposición, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación. Dichas personas aspirantes aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
3. Curso selectivo
El curso selectivo tendrá un carácter teórico-práctico destinado a adquirir conocimientos y habilidades en materia de sanidad exterior, productos de uso humano, promoción de la salud y vigilancia de la salud pública, así como en materia de sanidad ambiental, y consistirá en un periodo formativo de duración de un mes, a celebrar en la sede del Ministerio de Sanidad y en las áreas funcionales y dependencias provinciales de Sanidad y Política Social de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno.
El curso selectivo deberá contemplar formación en materia de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y en materia de violencia de género, tal y como recoge el artículo 61 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 (BOE de 1 de enero de 2021), por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.
La Subsecretaría del Departamento designará al director del curso selectivo. Al final de dicho curso, el director del curso emitirá informe para cada una de las personas aspirantes en el que se valorará su rendimiento considerando la asistencia y adquisición de conocimientos, teniendo en cuenta el informe de las unidades donde hayan realizado la parte práctica. Ese informe se elevará al órgano convocante declarando a las personas aspirantes «aptos» o «no aptos». Las personas aspirantes que no obtengan la calificación de «aptos» perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera.
4. Calificación final
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la puntación obtenida en la fase de oposición por aquellas personas aspirantes calificados «aptos» en el curso selectivo.
Parte primera
Tema 1. La medida del nivel de salud. Indicadores e índices de salud. Encuestas de Salud.
Tema 2. Sistemas de información sanitarios. Registros clínicos. Encuestas poblacionales.
Tema 3. Demografía y salud pública. Fuentes de información demográficas. Modelos de población y proyecciones.
Tema 4. La estadística. La variabilidad en las ciencias biológicas. Conceptos de población y muestra. Tipos y métodos de muestreo. La probabilidad. Distribución normal, binomial y de Poisson.
Tema 5. Estadística. Variables continuas y discretas. Medidas de centralización y de dispersión. La inferencia estadística. El contraste de hipótesis y el valor de «p». La correlación lineal. La regresión lineal.
Tema 6. Medidas de frecuencia de la enfermedad. Concepto y tipos. Incidencia, prevalencia y mortalidad. Medidas de efecto y medidas de impacto.
Tema 7. Estudios de cohortes. Estudio de casos y controles. Estudios experimentales. El ensayo clínico.
Tema 8. Evaluación de pruebas diagnósticas. Concepto de sensibilidad, especificidad y valor predictivo. Fundamentos de la Prevención secundaria.
Tema 9. Precisión, validez y generalización en los estudios epidemiológicos. Sesgos: Concepto, prevención y control. Factores de confusión.
Tema 10. Metodología de la recogida de información epidemiológica. Diseño de cuestionarios de salud. Metodología de investigación cualitativa en salud pública.
Tema 11. Determinantes sociales de la salud. Equidad en salud y desigualdades sociales en salud. Salud en todas las políticas. Evaluación del impacto en salud.
Tema 12. La vigilancia en salud pública: concepto, actividades y aplicaciones. Sistemas de vigilancia epidemiológica en España y en la Unión Europea.
Tema 13. La planificación sanitaria. Definición y concepto. Tipos de planificación. Las etapas del proceso de planificación.
Tema 14. La promoción de la salud. Evolución histórica, conceptos y principales líneas de intervención. Promoción de estilos de vida saludables y de entornos saludables. La Estrategia de Promoción de la Salud y prevención en el Sistema Nacional de Salud.
Tema 15. Educación para la salud. Concepto, objetivos y líneas de intervención. Métodos directos e indirectos.
Tema 16. Epidemiología general de las enfermedades trasmisibles. Dinámica de las enfermedades infecciosas.
Tema 17. Epidemiología y prevención de las principales enfermedades no trasmisibles: diabetes mellitus, enfermedades cardiovasculares, enfermedades respiratorias crónicas y cáncer.
Tema 18. Tabaco y salud. Normativa reguladora de medidas sanitarias frente al tabaquismo y de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Tema 19. El alcohol y la salud. Sustancias adictivas ilícitas. Estrategias y métodos de prevención y promoción de la salud. Plan Nacional sobre Drogas. Políticas de la Unión Europea y OMS, ONUDD sobre alcohol y drogas.
Tema 20. Alimentación y salud pública. Estrategia NAOS.
Tema 21. Programas de cribado y de salud pública. Bases y criterios del cribado. Programas de cribado poblacional del Sistema Nacional de Salud.
Tema 22. Actividad física y salud. Recomendaciones para la población sobre actividad física y reducción del sedentarismo. Promoción de la salud en el ámbito local: Red Española de Ciudades Saludables e implementación local de la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el Sistema Nacional de Salud. Envejecimiento saludable y prevención de la fragilidad y edadismo.
Tema 23. Epidemiología de las lesiones no intencionales (accidentes) e intencionales y su prevención. Epidemiología por otras causas externas: suicidio, homicidio y violencia.
Tema 24. Salud laboral. Vigilancia de la salud. Enfermedades profesionales.
Tema 25. Vigilancia y respuesta de salud pública en el tráfico internacional de personas en el ámbito del Reglamento Sanitario Internacional-2005.
Tema 26. Vigilancia y control sanitario de instalaciones portuarias y aeroportuarias. Control vectorial en puertos y aeropuertos internacionales.
Tema 27. Control higiénico-sanitario en buques I. El Certificado de Exención de Control de Sanidad a Bordo.
Tema 28. Control higiénico-sanitario en buques II. El abanderamiento. Botiquines en los buques: tipos, revisión y normativa que los regula.
Tema 29. La Declaración Marítima de Sanidad y la Declaración General de Aeronave. Estructura y contenido. La libre plática, concepto y actuaciones para su concesión.
Tema 30. Policía sanitaria mortuoria. Aspectos sanitarios en el traslado internacional de cadáveres y restos cadavéricos.
Tema 31. Desinfección, Desinsectación y Desratización. Concepto, técnicas y procedimientos. Biocidas. Materias contumaces.
Tema 32. Reglamento Sanitario Internacional-2005 (RSI-2005): Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional. Conceptos y actuaciones. Los comités de emergencias y de revisión.
Tema 33. Los puntos de entrada según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional-2005. Definición, obligaciones de los Estados. Las capacidades básicas en los puntos de entrada designados.
Tema 34. La importación y exportación de muestras biológicas en España. El Real Decreto 65/2006, de 30 de enero, por el que se establecen requisitos para la importación y exportación de muestras biológicas.
Tema 35. Las vacunas y la salud pública. Políticas de vacunación en España. Calendario común de vacunación infantil del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Planificación de los programas de vacunaciones, evaluación de su eficacia y efectividad. Criterios para fundamentar modificaciones. Vacunación en adultos. Actuaciones específicas en la población emigrante. Vacunación en pacientes inmunocomprometidos y otros grupos de riesgo.
Tema 36. Concepto, clasificación y características generales de las vacunas. Transporte, distribución y conservación de las vacunas.
Tema 37. Bases inmunitarias de las vacunaciones. Epidemiología de las enfermedades inmunoprevenibles. seroepidemiología. Estudios de seroprevalencia. Inmunidad colectiva o de grupo. Reacciones adversas y efectos secundarios. Contraindicaciones.
Tema 38. Los Centros de Vacunación Internacional. Estructura, competencias y funcionamiento. Certificado de Vacunación Internacional. Vacunaciones obligatorias y recomendadas internacionalmente.
Tema 39. Prevención de riesgos sanitarios del viajero relacionados con factores medioambientales. Altitud, calor, humedad, radiaciones solares y otros. Prevención de riesgos sanitarios del viajero relacionados con los animales e insectos. Recomendaciones sanitarias a viajeros en situaciones especiales: embarazo, patologías concomitantes. Viajes asociados a concentraciones masivas de personas.
Tema 40. Principios generales de la terapéutica antimicrobiana. Resistencias de los antibióticos.
Tema 41. Farmacovigilancia. Concepto, objetivos y organización de la farmacovigilancia en España. Buenas prácticas de Farmacovigilancia.
Tema 42. Epidemiología ambiental y factores ambientales determinantes de la salud. La dimensión de la salud pública en las crisis medioambientales.
Tema 43. Calidad del aire ambiente y contaminación atmosférica. Protocolo de Kyoto: Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático. Exceso de temperaturas y su impacto en salud pública.
Tema 44. Reglamento REACH, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos. Limitación a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y preparados químicos peligrosos. Importación y exportación de productos químicos peligrosos.
Tema 45. El agua y la salud. Legislación sanitaria de agua. Distribución de competencias y responsabilidades. Calidad del agua de consumo humano, muestreos y control de la calidad. Especificaciones de los laboratorios de control. Calificación de una muestra de agua de consumo. SINAC. Derecho al acceso a la información de agua de consumo.
Tema 46. Aguas de baño. Legislación europea y nacional. Criterios de calificación.
Tema 47. Problemas sanitarios de los contaminantes físicos. El ruido.
Tema 48. Radiaciones ionizantes. Conceptos y tipos. Efectos biológicos. Protección radiológica. Radiaciones no ionizantes. Campos electromagnéticos.
Tema 49. Calidad. Gestión de los procesos asistenciales. Seguridad del paciente. Medida de la calidad, definición de indicadores de calidad. Estrategias de salud del Sistema Nacional de Salud.
Tema 50. Seguridad del paciente. Conceptos básicos. Gestión del Riesgo. Notificación y gestión de incidentes de seguridad. Aspectos legales en seguridad del paciente.
Tema 51. Los equipos de protección individual.
Tema 52. Planes de preparación y respuesta ante riesgos, amenazas y emergencias sanitarias.
Tema 53. Infecciones relacionadas con la Asistencia Sanitaria: definición, descripción y medidas de control. Resistencia a los antibióticos y Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos.
Parte segunda
Tema 1. Amebiasis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 2. Carbunco: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 3. Cólera: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 4. Dengue: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 5. Difteria: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 6. Fiebre Hemorrágica por el virus del Ébola: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 7. Fiebre hemorrágica por el virus Marburgo: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 8. Encefalitis japonesa: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 9. Enfermedad vírica Chikungunya: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 10. Encefalitis centroeuropea: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 11. Encefalopatías espongiformes: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 12. Enfermedad Meningocócica: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 13. Esquistosomiasis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 14. Fiebre amarilla: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 15. Fiebre hemorrágica de Crimea-Congo: Epidemiología, Prevención y Situación mundial.
Tema 16. Fiebre del Valle del Rift y fiebre del Nilo occidental. Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 17. Fiebre de Lassa: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 18. Fiebre tifoidea: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 19. Filariasis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 20. Gripe: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Gripe aviaria.
Tema 21. Síndrome respiratorio agudo grave (SARS), infección por SARS-CoV-2 y síndrome respiratorio de Oriente Medio causado por coronavirus MERS-CoV: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 22. Hepatitis A y hepatitis E: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 23. Hepatitis B, hepatitis C y hepatitis D: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 24. Infecciones neumocócicas: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 25. Infecciones por Haemophilus: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 26. Infecciones por hantavirus: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 27. Legionelosis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 28. Leishmaniasis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 29. Leptospirosis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 30. Paludismo: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 31. Peste: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 32. Poliomielitis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Plan de eliminación.
Tema 33. Rabia: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 34. Rickettsiosis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 35. Parotiditis y rubéola: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 36. Sarampión: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Plan de eliminación.
Tema 37. Tétanos: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 38. Tosferina: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 39. Enfermedad de Chagas y Tripanosomiasis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 40. Tuberculosis: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial. Plan para la prevención y control de la tuberculosis en España.
Tema 41. Varicela: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tema 42. Virus de la inmunodeficiencia humana: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial Epidemiología y control del SIDA. La División de Control de VIH, ITS, hepatitis virales y tuberculosis. El Plan Nacional sobre el SIDA y la Comisión de Control y Seguimiento de Planes de SIDA.
Tema 43. Virus del Zika: Epidemiología, prevención, control y situación nacional y mundial.
Tribunal titular:
Presidente: Andrés Gerardo Suárez Alonso. Cuerpo de Médicos Titulares.
Secretario: Don Enrique Regidor Poyatos. Cuerpo de Médicos de la Sanidad Nacional.
Vocales:
Doña Ana Clara Zoni Matta. Cuerpo de Médicos Titulares.
Don Javier Gómez Castellá. Cuerpo de Médicos Titulares.
Doña Teresa Azuara Solís. Cuerpo de Médicos Titulares.
Tribunal suplente:
Presidenta: Doña Inmaculada Vera Gil. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Especialidad Sanidad y Consumo.
Secretaria: Doña Esther Alonso Beltrán. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del MAPA.
Vocales:
Doña Montserrat Neira León. Cuerpo de Médicos Titulares.
Doña María Almudena Rodríguez Sánchez. Cuerpo de Médicos Titulares.
Doña Ana Delgado Roy. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Especialidad Sanidad y Consumo.
Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, con las puntuaciones correspondientes, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
– Escuela Oficial de Idiomas:
● Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.
● Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.
● Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.
– Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior:
● CertAcles B2: B2.
● CertAcles C1: C1.
● CertAcles C2: C2.
– Certificados de Cambridge University:
● First Certificate of English: B2.
● Advanced: C1.
● Proficiency: C2.
● Linguaskill B2: B2.
● Linguaskill C1: C1
● IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.
● IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.
● IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.
– Education Testing Service (ETS):
● TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 72-94: B2.
● TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 95-120: C1.
● TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344, B2.
● TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345, C1.
– APTIS (four skills), certificación del British Council:
● Overall CEFR Grade B2, B2.
● Overall CEFR Grade C, C1.
● Aptis advanced: overall CEFR B2, B2.
● Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.
– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:
● Certificado C1, C1.
● Certificado B2, B2.
– Oxford Test of English B: Certificado B2, B2.
– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Sup’erieur (CLES), Inglés:
● CLES 2, B2.
● CLES 3, C1.
– The European Language Certificates (TELC):
● TELC B2, B2.
● TELC C1, C1.
– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):
● Certificate of Competency in English (ECCE), B2.
● Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.
– Trinity College de Londres:
● Integrated Skills in English II, B2.
● Integrated Skills in English III, C1.
● Integrated Skills in English IV, C2.
– London Test of English (LTE):
● Nivel 3, B2.
● Nivel 4, C1.
● Nivel 5, C2.
– Pearson Test of English:
● General, Level 3, B2.
● General, Level 4, C1.
● General, Level 5, C2.
● Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2.
● Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1.
● Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.
– Learning Resource Network:
● Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.
● Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.
● Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.
● IELCA General CEF B2, B2.
● IELCA General CEF C1, C1.
● IELCA General CEF C2, C2.
– Anglia ESOL Examinations General:
● Advanced, B2.
● AcCEPT/Proficiency, C1.
● Masters, C2.
– LanguageCert International ESOL:
● Communicator B2, B2.
● Expert C1, C1.
● Mastery C2, C2.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro de «Ministerio», se especificará «Sanidad».
En el recuadro de «Centro Gestor», se indicará «Subsecretaría de Sanidad».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Médicos Titulares», código 1205.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «E» para las personas aspirantes del sistema de estabilización.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Sanidad».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado. En el recuadro 23 podrán indicar las adaptaciones de tiempo y medios que soliciten para la realización de las pruebas selectivas, incluyendo el curso selectivo.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 24, en caso de familia numerosa o discapacidad, deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.
En el recuadro 25, en caso de familia numerosa, deberá indicar el número del título.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Licenciatura o grado en Medicina».
En el recuadro 27, apartado «Datos A», las personas aspirantes deberán consignar la opción de la prueba de idioma, indicando si el examen es Presencial o Titulación, según anexo IV.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros, y de 15,55 euros para las familias numerosas de categoría general. Estarán exentas del pago de esta tasa las personas afectadas por el apartado decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad (Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios).
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid