Finalizadas las fases de concurso-oposición del proceso de estabilización de empleo temporal del Cuerpo de Médicos Titulares, convocado por Resolución de 12 de diciembre de 2022 («Boletín Oficial del Estado» núm. 313, de 30 de diciembre),
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Hacer pública la persona aspirante aprobada y su puntuación en el anexo I de esta resolución.
Presentación de documentos
La persona aspirante aprobada dispondrá de un plazo de veinte días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta resolución, para presentar los siguientes documentos:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de las funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II.
b) Certificación expedida por los Servicios Médicos de Salud, acreditativa de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto de trabajo.
c) Autorización firmada por la persona interesa manifestando su consentimiento para el acceso a sus datos de identidad y titulación, según modelo que figura como anexo III.
En el caso de no manifestar su consentimiento, se deberá aportar una copia auténtica del documento que acredite el requisito de nacionalidad establecido en el apartado 1 de la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, así como una copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 de la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
La documentación se deberá dirigir a la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios del Ministerio de Sanidad a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado (punto de acceso general): https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do, o del Registro General del Ministerio de Sanidad (paseo del Prado, 18-20, 28014 Madrid), o en las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, debidamente acreditados, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, y en la base específica 6 de la convocatoria, no podrá ser nombrada personal funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Personal funcionario en prácticas
Si tuviera la condición de personal funcionario o laboral al servicio de la Administración General del Estado deberá formular opción para la percepción de la remuneración que desee percibir durante su condición de personal funcionario en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas («Boletín Oficial del Estado» núm. 52, de 6 de marzo).
Por resolución de la Subsecretaría, se procederá al nombramiento como personal funcionario en prácticas de la persona aspirante que haya superado las fases de concurso-oposición. En dicha resolución se determinará la fecha en que empezará a surtir efectos dicho nombramiento.
Esta persona funcionaria en prácticas deberá superar el curso selectivo o período de prácticas determinado en la convocatoria. Si no superase el curso selectivo o período de prácticas perderá el derecho a ser nombrada personal funcionario de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Si no pudiera realizar el curso selectivo o período de prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificadas y apreciadas por la Administración, podrá efectuarlo con posterioridad.
La adjudicación de destino se realizará una vez finalizado el período de prácticas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Madrid, 11 de diciembre de 2023.–La Subsecretaria de Sanidad, Ana María Sánchez Hernández.
NIF | Apellidos, nombre | Calificación definitiva |
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*314*3*** | QUESADA NÚÑEZ, GONZALO MARTÍN | 67,12 |
Don/doña ............................................................................................, con domicilio en .................................................................., y documento nacional de identidad número ...................................., declara, bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado personal funcionario del Cuerpo de Médicos Titulares, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
En ................................, a ........ de ................................... de 2023.
Don/doña .........................................................................................., con domicilio en ..........................................................., y documento nacional de identidad o pasaporte número ..................... doy mi consentimiento para que, en la tramitación de este expediente, mis datos de identidad puedan ser consultados a través del Sistema de Verificación y Consulta de Datos.
En ................................, a ........ de .................................... de 2023.
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