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Documento BOE-A-2022-3456

Orden APA/152/2022, de 2 de marzo, por la que se modifica la Orden AAA/317/2014, de 25 de febrero, por la que se establecen los precios públicos de las visitas teatralizadas, así como el régimen de visitas guiadas, al inmueble del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente sito en el Paseo Infanta Isabel, 1 de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2022, páginas 25935 a 25937 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2022-3456
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2022/03/02/apa152

TEXTO ORIGINAL

Mediante Real Decreto 1428/1989, de 24 de noviembre, el Palacio de Fomento fue declarado Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, incluyéndose en tal declaración el inmueble sede del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (antiguo Ministerio de Fomento), sus pabellones anexos y la verja perimetral del cerramiento, sitos en el Paseo Infanta Isabel, número 1, de Madrid.

Su indudable interés artístico y su valor arquitectónico e histórico han supuesto que, en aras a fomentar el acceso a la cultura de todos, desde el año 2014 se están llevando a cabo una serie de visitas teatralizadas y visitas guiadas gratuitas por los elementos más significativos del inmueble.

La experiencia de funcionamiento habida hasta la fecha aconseja, para la mejora de su gestión, la modificación del sistema de emisión y venta de entradas, sustituyendo el sistema de reserva telefónica por un sistema de reserva y pago en línea. Asimismo, se considera conveniente actualizar las referencias a la página web del Departamento a su actual denominación.

Esta norma se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en concreto, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, ya que atiende y persigue el interés general facilitando la reserva y pago de las entradas al Palacio de Fomento para los usuarios. Además, contiene la regulación imprescindible para atender dicha finalidad, es el instrumento normativo más adecuado para su consecución, es coherente con el resto del ordenamiento jurídico y evita cargas administrativas innecesarias y accesorias.

Esta orden ha sido objeto de informe de la Abogacía del Estado en el Departamento.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden AAA/317/2014, de 25 de febrero, por la que se establecen los precios públicos de las visitas teatralizadas, así como el régimen de visitas guiadas, al inmueble del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente sito en el Paseo Infanta Isabel, 1 de Madrid.

La Orden AAA/317/2014, de 25 de febrero, por la que se establecen los precios públicos de las visitas teatralizadas, así como el régimen de visitas guiadas, al inmueble del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente sito en el Paseo Infanta Isabel, 1 de Madrid, queda modificada como sigue:

Uno. El título de la norma se modifica al siguiente:

«Orden AAA/317/2014, de 25 de febrero, por la que se establecen los precios públicos de las visitas teatralizadas, así como el régimen de visitas guiadas, al inmueble del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación sito en el Paseo Infanta Isabel, 1 de Madrid.»

Dos. En el artículo 1 se sustituye la denominación del Departamento «Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente» por «Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación».

Tres. El artículo 2.3 se sustituye por el siguiente:

«3. Las sesiones tendrán lugar todos los viernes y sábados no festivos (un pase cada día) en horario nocturno. El horario exacto de las visitas podrá consultarse en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (www.mapa.gob.es).»

Cuatro. El artículo 2.5 queda redactado como sigue:

«5. La venta de entradas se realizará por internet, en la URL que se encuentra a disposición de los visitantes en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (www.mapa.gob.es).»

Cinco. El artículo 3.3 queda sustituido por el siguiente:

«3. Será obligatoria la reserva anticipada de las entradas en la URL que se encuentra a disposición de los visitantes en la citada página web www.mapa.gob.es, seleccionando la opción de entrada de grupo y el número de personas que lo integran.»

Seis. En el artículo 4 se sustituye la denominación del Departamento «Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente» por «Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación».

Siete. El artículo 5.3 se sustituye por:

«3. La acreditación de la condición de miembro de alguno de los colectivos señalados en el punto anterior se realizará mediante la presentación del documento oficial correspondiente, válido y en vigor, en el momento de acceso al Palacio de Fomento.»

Ocho. El artículo 5.4 queda así redactado:

«4. Las entradas deberán adquirirse de forma anticipada a través de la URL que se encuentra a disposición de los visitantes en la página web del www.mapa.gob.es»

Nueve. El artículo 6.3 se ve modificado como sigue:

«3. Las visitas se concertarán de forma anticipada en el teléfono que se encuentra a disposición de los visitantes en la página web www.mapa.gob.es, sin perjuicio de que la posterior reserva se realice por internet en la página web habilitada al efecto.»

Diez. El artículo 7 se sustituye por el siguiente:

«Artículo 7. Visitas guiadas gratuitas.

1. Se establecen dos visitas con guía turístico por las zonas más emblemáticas del edificio que tendrán lugar los sábados y domingos en horario de mañana. El horario exacto de las visitas se podrá consultar en la página web www.mapa.gob.es.

2. Será obligatoria la reserva anticipada de las entradas en la URL que se encuentra a disposición de los visitantes en la página web www.mapa.gob.es»

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de marzo de 2022.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/03/2022
  • Fecha de publicación: 04/03/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 05/03/2022
Referencias anteriores
  • MODIFICA el título y los arts. 1 a 7 de la Orden AAA/317/2014, de 25 de febrero (Ref. BOE-A-2014-2316).
Materias
  • Comercio electrónico
  • Internet
  • Ministerio de Agricultura y Pesca Alimentación y Medio Ambiente
  • Monumentos y Conjuntos Histórico Artísticos
  • Patrimonio Histórico Español
  • Precios

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