Habiendo observado una errata en el texto del Decreto ley mencionado, enviado al DOGC y publicado en el núm. 9065, de 21.12.2023, se detalla la corrección oportuna:
En el apartado g del artículo 1.3, donde dice:
“g) Se autoriza a la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación a prestar el aval, durante el ejercicio del 2023, a favor de las entidades financieras que hayan firmado el convenio de colaboración correspondiente y en garantía del riesgo de los préstamos formalizados por estudiantes universitarios para financiar el importe de la matrícula universitaria. El importe máximo de este aval no puede superar los 4.000.000,00 de euros.”
debe decir:
“g) Se autoriza a la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación a prestar el aval, durante el ejercicio del 2024, a favor de las entidades financieras que hayan firmado el convenio de colaboración correspondiente y en garantía del riesgo de los préstamos formalizados por estudiantes universitarios para financiar el importe de la matrícula universitaria. El importe máximo de este aval no puede superar los 4.000.000,00 de euros.”
Barcelona, 17 de enero de 2024
Josep Maria Aguirre i Font
Secretario general
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