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Documento DOUE-L-1986-82140

Rectificación a la Directiva del Consejo, de 12 de junio de 1986, relativa a los valores límite y los objetivos de calidad para los residuos de determinadas sustancias peligrosas comprendidas en la lista I del Anexo de la Directiva 76/464/CEE.

Publicado en:
«DOCE» núm. 191, de 15 de julio de 1986, páginas 24 a 24 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-82140

TEXTO ORIGINAL

Página 17, en el apartado 1 del artículo 1, en el guión primero:

en lugar de: « las normas de emisión de las sustancias »,

léase: « las normas de vertido de las sustancias ».

Página 17, en el apartado 1 del artículo 1, en el guión octavo:

en lugar de: « las normas de emisión »,

léase: « las normas de vertido ».

en lugar de: « los métodos de medición de referencia »,

léase: « los métodos de medida de referencia ».

Página 18, en el apartado 1 del artículo 5:

en lugar de: « las normas de emisión nacionales »,

léase: « las normas de vertido nacionales ».

Página 18, en el apartado 1 del artículo 6, en el guión primero:

en lugar de: « las normas de emisión para los vertidos »,

léase: « las normas para los vertidos ».

Página 20, en el Anexo I, Disposiciones Generales, en la Sección A:

en lugar de: « valores límite de las normas de emisión »,

léase: « valores límite de las normas de vertido ».

Página 20, en el Anexo I, en el párrafo primero del punto 5 de la Sección A:

en lugar de: « las normas de emisión »,

léase: « las normas de vertido ».

Página 20, en el Anexo I, en el párrafo segundo del punto 5 de la Sección A:

en lugar de: « la medición de los parámetros característicos »,

léase: « la medida de los parámetros característicos ».

Página 24, en el título del cuadro:

en lugar de: « Sección A (13): Valores límite de las normas de emisión »,

léase: « Sección A (13): Valores límite de las normas de vertido ».

Página 25, en el título del cuadro:

en lugar de: « Sección A (46): Valores límite de las normas de emisión »,

léase: « Sección A (46): Valores límite de las normas de vertido ».

Página 25, en la nota I a pie de página:

en lugar de: « normas de emisión inferiores »,

léase: « normas de vertido inferiores ».

Página 26, en el título del cuadro:

en lugar de: « Sección A (102): Valores límite de las normas de emisión »,

léase: « Sección A (102): Valores límite de las normas de vertido ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 15/07/1986
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Directiva 86/280, de 12 de junio (Ref. DOUE-L-1986-81014).
Materias
  • Contaminación
  • Medio ambiente
  • Residuos
  • Sustancias peligrosas

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