EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos 60 y 301,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) El Consejo adoptó el Reglamento (CE) n° 723/2000, de 6 de abril de 2000, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1294/1999 relativo a la congelación de capitales y a la prohibición de las inversiones en relación con la República Federativa de Yugoslavia (RFY) (1), que entró en vigor el 8 de abril de 2000.
(2) El punto 3 del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 723/2000 es aplicable a partir del 15 de mayo de 2000, con el fin de que pueda disponerse de tiempo suficiente para establecer el anexo VI del Reglamento (CE) n° 1294/1999 (2) que contiene la lista de compañías, empresas, instituciones o entidades situadas, registradas o constituidas en la RFY, con excepción de la provincia de Kosovo y de la República de Montenegro, que no se considerarán como que no son propiedad del Gobierno de la RFY ni del Gobierno de la República de Serbia, ni controladas por éstos, ni de propiedad social.
(3) Se necesita disponer de tiempo adicional para permitir la recogida de la información y los datos necesarios para establecer la lista del anexo VI.
(4) Por lo tanto, el punto 3 del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 723/2000 debería ser aplicable a partir del 30 de junio de 2000.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El párrafo segundo del artículo 2 del Reglamento (CE) n° 723/2000 se sustituye por el texto siguiente:
"El punto 3 del artículo 1 será aplicable a partir del 30 de junio de 2000.".
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Será aplicable a partir del 15 de mayo de 2000.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 18 de mayo de 2000.
Por el Consejo
El Presidente
J. Gama
__________________
(1) DO L 86 de 7.4.2000, p. 1.
(2) DO L 153 de 19.6.1999, p. 63.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid