LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 92/65/CEE del Consejo, de 13 de julio de 1992, por la que se establecen las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios y las importaciones en la Comunidad de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normativas comunitarias específicas a que se refiere la sección I del anexo A de la Directiva 90/425/CEE (1), cuya última modificación la constituye la Decisión 95/176/CE de la Comisión (2), y, en particular, la letra b) del apartado 2 y el apartado 3 de su artículo 17 y el primer y cuarto guión del apartado 1 de su artículo 18,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 2000/666/CE de la Comisión (3) establece las condiciones zoosanitarias y los requisitos de certificación que son necesarios para importar de ciertos terceros países aves distintas de las de corral.
(2) Algunos Estados miembros han pedido más tiempo para terminar de preparar la aplicación de las condiciones de cuarentena que dispone esa misma Decisión. En estas circunstancias, la Comisión considera adecuado conceder más tiempo para la adaptación a las nuevas disposiciones, siendo preciso así modificar la fecha de aplicación que se fija en dicha Decisión.
(3) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Le fecha indicada en el artículo 10 de la Decisión 2000/666/CE se sustituirá por el "1 de noviembre de 2001".
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 3 de mayo de 2001.
Por la Comisión
David Byrne
Miembro de la Comisión
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(1) DO L 268 de 14.9.1992, p. 54.
(2) DO L 117 de 24.5.1995, p. 23.
(3) DO L 278 de 31.10.2000, p. 26.
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