Está Vd. en

Documento DOUE-L-2002-80640

Decisión de la Comisión, de 9 de abril de 2002, por la que se modifican las Decisiones 93/24/CEE, 93/244/CEE y 2001/618/CE en lo que respecta a la lista de Estados miembros y regiones libres de la enfermedad de Aujeszky y regiones en las que existen programas aprobados de lucha contra la enfermedad de Aujeszky[notificada con el número C(2002) 1326].

Publicado en:
«DOCE» núm. 93, de 10 de abril de 2002, páginas 7 a 9 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-80640

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 64/432/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina (1), cuya última modificación y actualización la constituye la Decisión 2001/298/CE de la Comisión (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 10,

Considerando lo siguiente:

(1) Las garantías suplementarias en relación con la enfermedad de Aujeszky para el comercio intracomunitario de animales de la especie porcina y la lista de las zonas de los Estados miembros que están libres de esta enfermedad y en las que se llevan a cabo programas aprobados de lucha contra la misma se establecen en la Decisión 93/24/CEE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/746/CE (4), y la Decisión 93/244/CEE de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/905/CE (6). A partir del 1 de julio de 2002 las Decisiones 93/24/CEE y 93/244/CEE serán derogadas y sustituidas por la Decisión 2001/618/CE de la Comisión (7).

(2) En Baviera, Alemania, se ha llevado a cabo un programa de erradicación de la enfermedad de Aujeszky, aprobado por la Decisión 95/210/CE de la Comisión (8).

(3) Alemania considera que Baviera está en la actualidad libre de la enfermedad de Aujeszky y ha presentado a la Comisión la correspondiente documentación justificativa, tal como se establece en el artículo 10 de la Directiva 64/432/CEE.

(4) Se considera que gracias al programa se ha conseguido erradicar esta enfermedad en Baviera.

(5) Por tanto, deben modificarse en consecuencia las Decisiones 93/24/CEE, 93/244/CEE y 2001/618/CE.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión 93/24/CEE se sustituirá por el anexo A de la presente Decisión.

Artículo 2

El anexo I de la Decisión 93/244/CEE se sustituirá por el anexo B de la presente Decisión.

Artículo 3

Los anexos I y II de la Decisión 2001/618/CE se sustituirán por los anexos A y C de la presente Decisión.

Artículo 4

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de abril de 2002.

Artículo 5

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 9 de abril de 2002.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

________________

(1) DO 121 de 29.7.1964, p. 1977/64.

(2) DO L 102 de 12.4.2001, p. 63.

(3) DO L 16 de 25.1.1993, p. 18.

(4) DO L 278 de 23.10.2001, p. 41.

(5) DO L 111 de 5.5.1993, p. 21.

(6) DO L 335 de 19.12.2001, p. 22.

(7) DO L 215 de 9.8.2001, p. 48, cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/905/CE.

(8) DO L 132 de 16.6.1995, p. 19.

ANEXO A

El anexo I de la Decisión 93/24/CEE y el anexo I de la Decisión 2001/618/CE se sustituirán por el texto siguiente:

"ANEXO I

Estados miembros o regiones libres de la enfermedad de Aujeszky y en las que está prohibida la vacunación

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 8

ANEXO B

El anexo I de la Decisión 93/244/CEE se sustituirá por el texto siguiente:

"ANEXO I

Estados miembros o regiones en los que existen programas aprobados de lucha contra la enfermedad de Aujeszky

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 8

ANEXO C

El anexo II de la Decisión 2001/618/CE se sustituirá por el texto siguiente:

"ANEXO II

Estados miembros o regiones en los que existen programas aprobados de lucha contra la enfermedad de Aujeszky

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 9

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 09/04/2002
  • Fecha de publicación: 10/04/2002
  • Aplicable desde el 1 de abril de 2002.
Referencias anteriores
Materias
  • Alemania
  • Enfermedad animal
  • Ganado porcino
  • Ganado vacuno
  • Información
  • Intercambios intracomunitarios
  • Sanidad veterinaria

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid