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Documento DOUE-L-2008-81104

Decisión de la Comisión, de 25 de abril de 2008, por la que se establecen requisitos normalizados de presentación por los Estados miembros, con vistas a la financiación comunitaria, de los programas nacionales de erradicación, control y vigilancia de determinadas enfermedades de los animales y zoonosis [notificada con el número C(2008) 1585].

Publicado en:
«DOUE» núm. 159, de 18 de junio de 2008, páginas 1 a 45 (45 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2008-81104

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario (1), y, en particular, su artículo 24, apartado 10,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 90/424/CEE establece las modalidades de participación financiera de la Comunidad en los programas de erradicación, control y vigilancia de las enfermedades animales y las zoonosis. De conformidad con esa Decisión, procede introducir una acción financiera de la Comunidad para reembolsar los gastos de los Estados miembros en programas nacionales de erradicación, control y vigilancia de las enfermedades animales y zoonosis indicadas en el anexo de la Decisión.

(2) La Decisión 90/424/CEE establece que cada año, antes del 30 de abril, los Estados miembros deben presentar a la Comisión los programas anuales o plurianuales que piensan iniciar en el siguiente año y para los cuales solicitan una participación financiera de la Comunidad.

(3) De conformidad con el artículo 3 de la Decisión 90/424/ CEE, modificada por la Decisión 2006/965/CE, los programas sobre la leucosis bovina enzoótica y la enfermedad de Aujeszky pueden financiarse hasta el 31 de diciembre de 2010.

(4) La Decisión 2004/450/CE de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen los requisitos normativos relativos al contenido de las solicitudes de financiación comunitaria para los programas de erradicación, seguimiento y control de las enfermedades de los animales (2), establece que los Estados miembros que desean una participación financiera de la Comunidad en programas de erradicación, seguimiento y control de ciertas enfermedades animales deben presentar solicitudes que contengan determinada información establecida en dicha Decisión.

(5) La Decisión 2008/341/CE de la Comisión, de 25 de abril de 2008, por la que se establecen criterios comunitarios para los programas nacionales de erradicación, control y vigilancia de determinadas enfermedades animales y zoonosis (3), establece criterios que deben cumplir los programas nacionales para que la Comisión los apruebe con cargo a la acción financiera de la Comunidad prevista en el artículo 24, apartado 1, de la Decisión 90/424/CEE.

(6) Tras la adopción de la Decisión 2008/341/CE, y para mejorar el proceso de presentación, aprobación y evaluación del progreso en la ejecución de los programas, los requisitos estándar para las solicitudes por parte de los Estados miembros de financiación comunitaria para sus programas nacionales deben actualizarse y adaptarse a dichos criterios. Por motivos de claridad, procede derogar la Decisión 2004/450/CE y sustituirla por la presente Decisión.

_____________________

(1) DO L 224 de 18.9.1990, p. 19.

(2) DO L 155 de 30.4.2004, p. 95; versión corregida en el DO L 193 de 1.6.2004, p. 71. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2007/268/CE (DO L 115 de 3.5.2007, p. 3).

(3) DO L 115 de 29.4.2008, p. 44.

(7) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los Estados miembros que deseen una contribución financiera de la Comunidad para sus programas nacionales de erradicación, control y seguimiento de las enfermedades de los animales y zoonosis enumeradas en el anexo de la Decisión 90/424/CEE presentarán solicitudes que contendrán, como mínimo, la información establecida en:

a) el anexo I de la presente Decisión por lo que se refiere a:

— tuberculosis bovina,

— brucelosis bovina,

— brucelosis ovina y caprina (B. melitensis), — fiebre catarral ovina (lengua azul) en zonas endémicas o de alto riesgo,

— peste porcina africana,

— enfermedad vesicular porcina,

— peste porcina clásica,

— carbunco,

— perineumonía contagiosa bovina,

— rabia,

— equinococosis,

— triquinosis,

— infección por Escherichia coli verotoxigénica, — leucosis bovina enzoótica y enfermedad de Aujeszky; b) el anexo II de la presente Decisión por lo que se refiere a la salmonelosis (salmonela zoonótica);

c) el anexo III de la presente Decisión por lo que se refiere a las encefalopatías espongiformes transmisibles (EET): encefalopatía espongiforme bovina (EEB), tembladera y defecación crónica;

d) el anexo IV de la presente Decisión por lo que se refiere a la gripe aviar de aves de corral y aves salvajes; e) el anexo V de la presente Decisión por lo que se refiere a:

— necrosis hematopoyética infecciosa,

— anemia infecciosa del salmón,

— viremia primaveral de la carpa (VPC),

— septicemia hemorrágica vírica (SHV),

— herpesvirosis de la carpa Koi,

— infección por Bonamia ostreae,

— infección por Marteilia refringens,

— enfermedad de las manchas blancas en los crustáceos.

Artículo 2

Queda derogada la Decisión 2004/450/CE.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 25 de abril de 2008.

Por la Comisión

Androulla VASSILIOU

Miembro de la Comisión

ANEXO I

TABLAS OMITIDAS DE LAS PÁGINAS 3 A 45

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 25/04/2008
  • Fecha de publicación: 18/06/2008
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Decisión 2015/2444, de 17 de diciembre (Ref. DOUE-L-2015-82572).
  • SE AÑADE art. 1 bis y SE MODIFICA los anexos I y IV, por Decisión 2012/282, de 22 de mayo (Ref. DOUE-L-2012-81019).
Referencias anteriores
Materias
  • Ayudas
  • Enfermedad animal
  • Financiación comunitaria
  • Formularios administrativos
  • Procedimiento administrativo
  • Programas
  • Sanidad veterinaria
  • Zoonosis

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