En la página 77, en el anexo I, en el punto 1, relativo al anexo de la Decisión 2011/263/UE:
donde dice:
«1) En el criterio 2, letra b), párrafo quinto, el cuadro de excepciones se sustituye por el cuadro siguiente:
“Tensioactivos en concentraciones totales < 25 % en el producto final H400: Muy tóxico para los organismos acuáticos
R50
Tensioactivos en concentraciones totales < 25 % en el producto final (1) H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Biocidas utilizados como conservantes (2) H410: Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R50-53
H411: Tóxico para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R51-53
H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Fragancias
H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Enzimas (3)
H334: Puede provocar síntomas de alergia o asma o dificultades respiratorias en caso de inhalación
R42
H317: Puede provocar una reacción alérgica en la piel
R43
NTA como impureza en MGDA y GLDA (4)
H351: Se sospecha que provoca cáncer
R40
debe decir:
«1)En el criterio 2, letra b), párrafo quinto, el cuadro de excepciones se sustituye por el cuadro siguiente:
“Subtilisina
H400: Muy tóxico para los organismos acuáticos
R50
Tensioactivos en concentraciones totales < 25 % en el producto final H400: Muy tóxico para los organismos acuáticos
R50
Tensioactivos en concentraciones totales < 25 % en el producto final (5) H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Biocidas utilizados como conservantes (6) H410: Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R50-53
H411: Tóxico para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R51-53
H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Fragancias
H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Enzimas (7)
H334: Puede provocar síntomas de alergia o asma o dificultades respiratorias en caso de inhalación
R42
H317: Puede provocar una reacción alérgica en la piel
R43
NTA como impureza en MGDA y GLDA (8)
H351: Se sospecha que provoca cáncer
R40
.
En la página 78, en el anexo II, punto 1, relativo al anexo de la Decisión 2011/264/UE donde dice:
«1)En el criterio 4, letra b), párrafo quinto, el cuadro de excepciones se sustituye por el cuadro siguiente:
“Tensioactivos en concentraciones totales < 25 % en el producto final H400: Muy tóxico para los organismos acuáticos
R50
Tensioactivos en concentraciones totales < 25 % en el producto final (9) H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Biocidas utilizados como conservantes (10) H410: Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R50-53
H411: Tóxico para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R51-53
H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Fragancias
H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Enzimas (11)
H334: Puede provocar síntomas de alergia o asma o dificultades respiratorias en caso de inhalación
R42
H317: Puede provocar una reacción alérgica en la piel
R43
Catalizadores de blanqueo (11)
H334: Puede provocar síntomas de alergia o asma o dificultades respiratorias en caso de inhalación
R42
H317: Puede provocar una reacción alérgica en la piel
R43
NTA como impureza en MGDA y GLDA (12)
H351: Se sospecha que provoca cáncer
R40
Abrillantadores ópticos (solo en detergentes de gran potencia) H413: Puede causar efectos nocivos duraderos para los organismos acuáticos
R53
debe decir:
«1)En el criterio 4, letra b), párrafo quinto, el cuadro de excepciones se sustituye por el cuadro siguiente:
“Subtilisina
H400: Muy tóxico para los organismos acuáticos
R50
Tensioactivos en concentraciones totales < 25 % en el producto final H400: Muy tóxico para los organismos acuáticos
R50
Tensioactivos en concentraciones totales < 25 % en el producto final (13) H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Biocidas utilizados como conservantes (14) H410: Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R50-53
H411: Tóxico para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R51-53
H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Fragancias
H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos
R52-53
Enzimas (15)
H334: Puede provocar síntomas de alergia o asma o dificultades respiratorias en caso de inhalación
R42
H317: Puede provocar una reacción alérgica en la piel
R43
Catalizadores de blanqueo (15)
H334: Puede provocar síntomas de alergia o asma o dificultades respiratorias en caso de inhalación
R42
H317: Puede provocar una reacción alérgica en la piel
R43
NTA como impureza en MGDA y GLDA (16)
H351: Se sospecha que provoca cáncer
R40
Abrillantadores ópticos (solo en detergentes de gran potencia) H413: Puede causar efectos nocivos duraderos para los organismos acuáticos
R53
.
__________________________________________
(1) Esta excepción se aplica siempre que sean fácilmente degradables y degradables en condiciones anaerobias.
(2) El criterio 2.e) hace referencia a ellos. Esta excepción se aplica siempre que los potenciales de bioacumulación de biocidas se caractericen por un log Pow (logaritmo del coeficiente de partición etanol/agua) < 3,0 o por un factor de bioconcentración (FBC) determinado experimentalmente ≤ 100.
(3) Incluidos los estabilizantes y otras sustancias auxiliares en los preparados.
(4) En concentraciones inferiores al 1,0 % en la materia prima, siempre que la concentración total en el producto final sea inferior al 0,10 %.”» (5) Esta excepción se aplica siempre que sean fácilmente degradables y degradables en condiciones anaerobias.
(6) El criterio 2.e) hace referencia a ellos. Esta excepción se aplica siempre que los potenciales de bioacumulación de biocidas se caractericen por un log Pow (logaritmo del coeficiente de partición octanol/agua) < 3,0 o por un factor de bioconcentración (FBC) determinado experimentalmente ≤ 100.
(7) Incluidos los estabilizantes y otras sustancias auxiliares en los preparados.
(8) En concentraciones inferiores al 1,0 % en la materia prima, siempre que la concentración total en el producto final sea inferior al 0,10 %.”» (9) Esta excepción se aplica siempre que sean fácilmente degradables y degradables en condiciones anaerobias.
(10) El criterio 4.e) hace referencia a ellos. Esta excepción se aplica siempre que los potenciales de bioacumulación de biocidas se caractericen por un log Pow (logaritmo del coeficiente de partición etanol/agua) < 3,0 o por un factor de bioconcentración (FBC) determinado experimentalmente ≤ 100.
(11) Incluidos los estabilizantes y otras sustancias auxiliares en los preparados.
(12) En concentraciones inferiores al 1,0 % en la materia prima, siempre que la concentración total en el producto final sea inferior al 0,10 %.”» (13) Esta excepción se aplica siempre que sean fácilmente degradables y degradables en condiciones anaerobias.
(14) El criterio 4.e) hace referencia a ellos. Esta excepción se aplica siempre que los potenciales de bioacumulación de biocidas se caractericen por un log Pow (logaritmo del coeficiente de partición octanol/agua) < 3,0 o por un factor de bioconcentración (FBC) determinado experimentalmente ≤ 100.
(15) Incluidos los estabilizantes y otras sustancias auxiliares en los preparados.
(16) En concentraciones inferiores al 1,0 % en la materia prima, siempre que la concentración total en el producto final sea inferior al 0,10 %.”»
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