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Documento DOUE-L-2021-80702

Decisión (UE) 2021/874 del Banco Central Europeo de 26 de mayo de 2021 por la que se modifica la Decisión (UE) 2019/1743 relativa a la remuneración de las tenencias de exceso de reservas y de determinados depósitos (BCE/2021/25).

Publicado en:
«DOUE» núm. 191, de 31 de mayo de 2021, páginas 43 a 44 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-80702

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular el artículo 127, apartado 2, primer guion,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular el artículo 3.1, primer guion, y los artículos 17 y 19,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión de Ejecución C (2021) 2502 final de la Comisión, de 14 de abril de 2021, por la que se establecen los mecanismos necesarios para la administración de las operaciones de empréstito con arreglo a la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo y para las operaciones de préstamo relacionadas con préstamos concedidos de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), prevé, entre otras cosas, la administración de las operaciones de empréstito en el contexto del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (NextGenerationEU), que se ha adoptado para financiar las iniciativas de recuperación de la crisis de la COVID-19, facilitando al mismo tiempo la transición ecológica y digital de la economía de la Unión.

(2)

El Consejo de Gobierno considera que las reservas cautelares de efectivo mantenidas en una cuenta específica en el Banco Central Europeo (BCE) de conformidad con el artículo 13, apartado 2, de la Decisión de Ejecución C (2021) 2502 final deben quedar exentas del pago de intereses negativos.

(3)

A tenor del artículo 22 de la Decisión de Ejecución C (2021) 2502 final, las operaciones de empréstito, gestión de la deuda y préstamo del NextGenerationEU no se ejecutarán hasta la fecha de entrada en vigor de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo. No obstante, dado que se espera que las operaciones de empréstito, gestión de la deuda y préstamo del NextGenerationEU comiencen en junio de 2021, es necesario preparar el marco jurídico del BCE para dicha ejecución, por lo que procede modificar la Decisión (UE) 2019/1743 (ECB/2019/31) antes de la fecha de entrada en vigor de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo, a fin de establecer tales exenciones. Por consiguiente, la presente decisión debe entrar en vigor sin demora.

(4)

Debe modificarse en consecuencia la Decisión (UE) 2019/1743 (BCE/2019/31).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Modificación

El artículo 2 de la Decisión (UE) 2019/1743 (BCE/2019/31) se sustituye por el siguiente:

«Artículo 2

Remuneración de ciertos depósitos mantenidos en el BCE

1)   Las cuentas mantenidas con el BCE conforme a la Decisión BCE/2003/14 del Banco Central Europeo (*1), la Decisión BCE/2010/31 del Banco Central Europeo (*2), la Decisión BCE/2010/17 del Banco Central Europeo (*3) y el Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo (*4) seguirán remunerándose al tipo de la facilidad de depósito. No obstante, cuando se deban mantener ciertos depósitos en esas cuentas durante un período previo a la fecha en la que deba hacerse un pago conforme a las normas legales o contractuales aplicables a la facilidad pertinente, esos depósitos se remunerarán durante ese período previo al cero por ciento o al tipo de la facilidad de depósito si este fuera superior.

2)   La cuenta específica mantenida en el BCE de acuerdo con el artículo 13, apartado 2, de la Decisión de Ejecución C(2021) 2502 final de la Comisión, de 14 de abril de 2021, por la que se establecen los mecanismos necesarios para la administración de las operaciones de empréstito con arreglo a la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo y de las operaciones de préstamo relacionadas con préstamos concedidos de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo (*5) a efectos de las reservas cautelares de efectivo a que se refiere dicho artículo, se remunerará al cero por ciento o al tipo de la facilidad de depósito, si este fuera superior, excepto si el importe agregado de los depósitos mantenidos en dicha cuenta específica supera los 20 000 millones EUR, en cuyo caso el importe que exceda se remunerará al tipo de la facilidad de depósito.

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 26 de mayo de 2021.

Por el Consejo de Gobierno del BCE

La Presidenta del BCE

Christine LAGARDE

(1)  C(2021) 2502 final.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 2 de la Decisión 2019/1743, de 15 de octubre (BCE/2019/31) (Ref. DOUE-L-2019-81571).
Materias
  • Activos financieros
  • Banco Central Europeo
  • Créditos
  • Entidades financieras
  • Intereses
  • Política económica
  • Sistema Monetario Europeo

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