En la página 70, en el anexo I, por el que se sustituye el anexo I del Reglamento (CE) n.o 2195/2002, en el cuadro «Vocabulario principal», entrada correspondiente al código CPV 33193224-5, columna «Descripción»:
donde dice:
«Instrumentos y aparatos de transfusión e infusión»,
debe decir:
«Ruedas para sillas de ruedas».
En la página 71, en el anexo I, por el que se sustituye el anexo I del Reglamento (CE) n.o 2195/2002, en el cuadro «Vocabulario principal», entrada correspondiente al código CPV 33193225-2, columna «Descripción»:
donde dice:
«Instrumentos y aparatos para infusión»,
debe decir:
«Neumáticos para sillas de ruedas».
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