EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 127, apartado 2, primer guion,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular sus artículos 12.1 y 14.3,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Consejo de Gobierno revisó la remuneración de los depósitos no relacionados con la ejecución de la política monetaria («depósitos no relacionados con la política monetaria») mantenidos en los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro (en lo sucesivo, «BCN») y en el Banco Central Europeo (BCE). La finalidad de la revisión era evitar las posibles interferencias de dichos depósitos con la política monetaria única y, a la vez, garantizar el respeto al principio de una economía de mercado abierta y el tratamiento coherente de depósitos análogos dentro del Eurosistema. |
(2) |
A raíz de la revisión, el Consejo de Gobierno decidió que era necesaria una mayor transparencia acerca de la remuneración de los depósitos no relacionados con la política monetaria. Los tipos retributivos de estos depósitos se establecen en varios actos jurídicos distintos. Para mejorar la transparencia, además de la coherencia entre los actos jurídicos correspondientes, procede que los tipos retributivos se establezcan cabalmente en un solo acto jurídico que facilite su comunicación y futuros ajustes. |
(3) |
Por consiguiente, las normas sobre remuneración establecidas en la Orientación (UE) 2019/671 del Banco Central Europeo (BCE/2019/7) (1) deben sustituirse por referencias a las disposiciones pertinentes del acto jurídico único que establece la remuneración de los depósitos no relacionados con la política monetaria, que es la Decisión (UE) 2024/1209 del Banco Central Europeo (BCE/2024/11) (2). |
(4) |
Además, algunas definiciones incluidas en la Orientación (UE) 2019/671 (BCE/2019/7) son ahora superfluas y deben suprimirse. |
(5) |
Por seguridad jurídica, es preciso adaptar la fecha de aplicación de la presente Orientación a la fecha de aplicación de la Decisión (UE) 2024/1209 (BCE/2024/11). Por consiguiente, la presente Orientación debe aplicarse desde el 1 de diciembre de 2024. |
(6) |
Debe modificarse en consecuencia la Orientación (UE) 2019/671 (BCE/2019/7). |
HA ADOPTADO LA PRESENTE ORIENTACIÓN:
Modificaciones
La Orientación (UE) 2019/671 (BCE/2019/7) se modifica como sigue:
1) |
El artículo 2 se modifica como sigue:
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2) |
El artículo 4 se sustituye por el siguiente: «Artículo 4 Límites a la remuneración de los depósitos no relacionados con la política monetaria La remuneración de los depósitos de las administraciones públicas, incluidos los relacionados con programas de ajuste, y de los demás depósitos no relacionados con la política monetaria comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente Orientación, se regirá por las normas específicas del artículo 2, apartado 1, de la Decisión (UE) 2024/1209 del Banco Central Europeo (BCE/2024/11) (*1). (*1) Decisión (UE) 2024/1209 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2024, sobre la remuneración de los depósitos no relacionados con la política monetaria mantenidos en los bancos centrales nacionales y en el Banco Central Europeo (BCE/2024/11) (DO L, 2024/1209, 3.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/1209/oj).»." |
Entrada en vigor y aplicación
1. La presente Orientación entrará en vigor el día de su notificación a los BCN.
2. Los BCN aplicarán la presente Orientación desde el 1 de diciembre de 2024.
Destinatarios
La presente Orientación se dirige a los BCN.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 16 de abril de 2024.
Por el Consejo de Gobierno del BCE
La Presidenta del BCE
Christine LAGARDE
(1) Orientación (UE) 2019/671 del Banco Central Europeo, de 9 de abril de 2019, sobre las operaciones internas de gestión de activos y pasivos por los bancos centrales nacionales (BCE/2019/7) (DO L 113 de 29.4.2019, p. 11).
(2) Decisión (UE) 2024/1209 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2024, sobre la remuneración de los depósitos no relacionados con la política monetaria mantenidos en los bancos centrales nacionales y en el Banco Central Europeo (BCE/2024/11) (DO L, 2024/1209, 3.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/1209/oj).
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