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Documento DOUE-Z-2013-70028

Sentencia del Tribunal General de 12 de noviembre de 2013 — North Drilling/Consejo (Asunto T-552/12)

Publicado en:
«DOUE» núm. 377, de 21 de diciembre de 2013, páginas 14 a 15 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2013-70028

TEXTO ORIGINAL

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandante: North Drilling Co. (Teherán, Irán) (representantes: J. Viñals Camallonga, L. Barriola Urruticoechea y J. Iriarte Ángel, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bishop y A. De Elera, agentes)

Objeto

Recurso de anulación, por un lado, de la Decisión 2012/635/PESC del Consejo, de 15 de octubre de 2012, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 282, p. 58), y, por otro, del Reglamento de Ejecución (UE) n o 945/2012 del Consejo, de 15 de octubre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (UE) n o 267/2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán (DO L 282, p. 16), en la medida en que estos actos afectan a la demandante.

Fallo

1) Anular la Decisión 2012/635/PESC del Consejo, de 15 de octubre de 2012, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán, en cuanto que incluyó el nombre de North Drilling Co. en el anexo II de la Decisión 2010/413/PESC, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC.

2) Anular el Reglamento de Ejecución (UE) n o 945/2012 del Consejo, de 15 de octubre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (UE) n o 267/2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán, en cuanto que incluyó el nombre de North Drilling en el anexo IX del Reglamento (UE) n o 267/2012 del Consejo, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) n o 961/2010.

3) Anular, en la medida en que se refiere a North Drilling, el anexo IX del Reglamento n o 267/2012.

4) Mantener, en lo que atañe a North Drilling, los efectos de la Decisión 2010/413, en su versión modificada por la Decisión 2012/635, desde su entrada en vigor, el vigésimo día posterior a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea hasta que sea efectiva la anulación parcial del Reglamento n o 267/2012.

5) El Consejo de la Unión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las causadas por North Drilling, en el presente recurso y en el procedimiento de medidas provisionales.

______

( 1 ) DO C 46, de 16.2.2013.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 12/11/2013
  • Fecha de publicación: 21/12/2013
Referencias anteriores
  • ANULA:
    • en la forma establecida lo indicado de la Decisión 2012/635, de 15 de octubre (Ref. DOUE-L-2012-81871).
    • Lo indicado del Reglamento 945/2012, de 15 de octubre (Ref. DOUE-L-2012-81864).
    • Lo indicado del anexo IX del Reglamento 267/2012, de 23 de marzo (Ref. DOUE-L-2012-80450).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Irán
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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