Content not available in English

You are in

Documento BOE-A-1975-24193

Decreto 2945/1975, de 31 de octubre, por el que se suspende parcialmente, por un plazo de tres meses, la aplicación del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la importación de bobinas laminadas en caliente de acero inoxidable, comprendidas en la partida arancelaria 73.15 E-4-a.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 26 de noviembre de 1975, páginas 24676 a 24676 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1975-24193

TEXTO ORIGINAL

La situación conyuntural del mercado interior aconseja suspender, por un plazo de tres meses, la aplicación del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la Importación de bobinas laminadas en caliente de acero inoxidable, mediante el uso de la facultad concedida al Gobierno por el último párrafo del apartado dos del artículo doscientos once de la Ley cuarenta y uno/mil novecientos sesenta y cuatro, de once de junio.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintitrés de octubre de mil novecientos setenta y cinco.

DISPONGO:

Artículo único.

Se suspende parcialmente, por un plazo de tres meses, contados a partir del día veinticuatro de octubre del presente año, la aplicación del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la importación de bobinas laminadas en caliente de acero inoxidable, clasificadas en la partida arancelaria setenta y tres punto quince E-cuatro-a, mediante la reducción de su tipo impositivo en el porcentaje preciso para que la tarifa aplicable sea el uno coma cinco por ciento.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a treinta y uno de octubre de mil novecientos setenta y cinco.

JUAN CARLOS DE BORBON

PRINCIPE DE ESPAÑA

El Ministro de Hacienda,

RAFAEL CABELLO DE ALBA Y GRACIA

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 31/10/1975
  • Fecha de publicación: 26/11/1975
  • Suspende por 3 meses desde el 24 de octubre de 1975.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 211.2 de la Ley 41/1964, de 11 de junio (Ref. BOE-A-1964-9380).
Materias
  • Importaciones
  • Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores

subir

State Agency Official State Gazette

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid