Ilmo. Sr.: Creadas en Alicante por Decreto 2219/1975, de 23 de agosto, las Facultades de Ciencias (Sección de Química) y de Filosofía y Letras (Divisiones de Geografía e Historia y de Filología), dependientes de la Universidad de Valencia, sobre la base de las enseñanzas dadas en el Colegio Universitario allí existente, autorizado, por Decreto 3470/1974, de 20 de diciembre, que aprobó su adaptación al Decreto 2551/1972, de 21 de julio, a impartir las enseñanzas mencionadas, además de las correspondientes a las Facultades de Ciencias Económicas v Empresariales, Derecho y Medicina, parece procedente desarrollar el calendario de implantación de los distintos cursos y ciclos, comenzado, en el presente año académico con los cursos primero y cuarto;
En su virtud, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 3.° y 5.° del Decreto 2219/1975, (de 23 de agosto,
Este Ministerio, de conformidad con el informe favorable de la Universidad de Valencia, ha dispuesto:
Uno.—La puesta en funcionamiento de las Facultades de Ciencias (Sección de Química), y de Filosofía y Letras (Divisiones de Geografía e Historia y de Filología), iniciada en el presente año académico con el establecimiento de los cursos primero y cuarto, continuará con la implantación en el año académico 1976-77 de los cursos segundo y quinto y en el año académico de 1977-78 con la del tercer curso.
Dos.—Las citadas enseñanzas se desarrollarán con arreglo a los planes de estudios vigentes en las correspondientes Facultades de la Universidad de Valencia.
Las enseñanzas autorizadas en el Colegio Universitario de Alicante, con excepción de las mencionadas en el párrafo primero de la presente Orden, seguirán impartiéndose en el mismo con arreglo a lo dispuesto en el Decreto 3470/ 1974, de 20 de diciembre.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 13 de febrero de 1976.
ROBLES PIQUER
Ilmo. Sr. Director general de Universidades e Investigación.
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