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Documento BOE-A-1976-8942

Resolución del Servicio de Publicaciones por la que se modifican determinados conceptos de la Resolución de la Dirección del Servicio de Publicaciones de 12 de julio de 1965.

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 1 de mayo de 1976, páginas 8517 a 8517 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria
Referencia:
BOE-A-1976-8942

TEXTO ORIGINAL

El incremento de las funciones que vienen correspondiendo al Servicio de Publicaciones del Ministerio de Industria, y la elevación de los precios de los bienes y servicios que el mismo ha de adquirir, y que han provocado que la delegación de facultades concedida al Subdirector del Organismo por Resolución de 12 de julio de 1965 pierda sensiblemente su eficacia, en especial en actividades de contenido económico, hace aconsejable modificar los términos de aquella Resolución, aumentando los límites máximos de las cifras de gasto que pudiese autorizar el Subdirector del Organismo, al objeto de mantener la misma capacidad de actuación delegada que motivó la citada Resolución de 12 de julio de 1965.

En su virtud, al amparo de lo que se establece en el artículo tercero de la Ley de 24 de diciembre de 1964; artículo séptimo del Reglamento del Servicio de Publicaciones del Ministerio de Industria, aprobado por Orden de 31 de marzo de 1965, y modificado por Ordenes de 31 de julio de 1970 y de 18 de noviembre de 1972, y artículo 54 de la Ley de Régimen Jurídico de las Entidades Estatales Autónomas, y previa la aprobación del excelentísimo señor Ministro, esta Dirección ha resuelto:

Primero.

Se modifican los apartados c) y d) del artículo primero de la Resolución de la Dirección del Servicio de Publicaciones del Ministerio de Industria, de 12 de julio de 1965, quedando redactados de la forma siguiente:

c) Ordenar los gastos a que den lugar las actividades del Servicio, hasta un límite máximo de 1.000.000 de pesetas.

d) Ordenar los pagos hasta un límite máximo de 1.000.000 de pesetas, y librar, sin limitación de cuantía, conjuntamente con el Interventor Delegado, los talones, órdenes o transferencias con cargo a la cuenta corriente del Servicio.

Segundo.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de abril de 1976.–El Director del Servicio, Eduardo Peña Abizanda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/04/1976
  • Fecha de publicación: 01/05/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 02/05/1976
Referencias anteriores
  • MODIFICA apartados C) y D) del art. 1 de la Resolución de 12 de julio de 1965 (Ref. BOE-A-1965-14200).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 7 del Reglamento del Servicio de Publicaciones del Ministerio de Industria, aprobado por Orden de 31 de marzo de 1965 (Ref. BOE-A-1965-8145).
    • art. 3 de la Ley de 24 de diciembre de 1964 (Ref. BOE-A-1964-21510).
    • art. 54 de la Ley de entidades Estatales Autónomas de 26 de diciembre de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-19543).
  • CITA:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Industria
  • Publicaciones oficiales
  • Servicio de Publicaciones del Ministerio de Industria

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