Excelentísimos señores:
La Ley de Crédito Oficial estableció entre los principios rectores del mismo los de complementariedad y coordinación con las Instituciones del sistema financiero para lograr la más eficiente distribución de sus recursos. De conformidad con estos principios, y a los efectos de facilitar el acceso al crédito de las pequeñas y medianas Empresas industriales, por Orden de 23 de diciembre de 1974 se autorizó la concesión de préstamos por el Banco de Crédito Industrial a través de las Cajas de Ahorro.
Respondiendo al mismo propósito de potenciar la atención financiera a dichas Empresas, se considera conveniente articular un régimen de colaboración del Crédito Oficial con los Bancos industriales y de negocios, cuya labor en este sentido puede constituir el complemento adecuado para que el Banco de Crédito Industrial desarrolle con mayor plenitud las funciones que tiene encomendadas.
En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
1.º Se autoriza al Banco de Crédito Industrial para conceder créditos a las pequeñas y medianas Empresas industriales a través de los Bancos industriales y de negocios.
2.º Las condiciones generales de estos préstamos serán las que rijan en cada momento para la línea «Industrial general» del Banco, y su cuantía no podrá ser inferior a un millón de pesetas, ni superior a veinticinco millones de pesetas.
3.º Las relaciones entre el Banco de Crédito Industrial y los Bancos industriales y de negocios colaboradores se establecerán en un convenio, cuyo modelo deberá ser autorizado por el Instituto de Crédito Oficial.
4.º Se faculta al Instituto de Crédito Oficial para dictar las instrucciones necesarias para el desarrollo de esta Orden y resolver cuantas dudas e incidencias surjan en su interpretación y aplicación.
Lo que comunico a VV.EE. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV.EE. muchos años.
Madrid, 21 de abril de 1977.
CARRILES GALARRAGA
Excmos. Sres. Subsecretario de Economía Financiera y Presidente del Instituto de Crédito Oficial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid