Ilustrísimo señor:
En consideración a la propuesta elevada por la Junta Superior Consultiva de la Licencia Fiscal del Impuesto Industrial de 29 de marzo de 1977, este Ministerio se ha servido disponer:
Dar al epígrafe 9149 de las Tarifas nueva redacción en los siguientes términos:
«Epígrafe 9149. Venta al por menor de toda clase de artículos.
Pesetas | |
---|---|
Cuota de: | |
En Madrid y Barcelona. | 112.500 |
En poblaciones de más de 300.000 habitantes. | 75.000 |
En las de más de 100.000 a 300.000 habitantes. | 45.000 |
En las de más de 40.000 a 100.000 habitantes. | 30.000 |
En las de más de 30.000 a 40.000 habitantes. | 22.500 |
En las de más de 20.000 a 30.000 habitantes. | 15.000 |
En las de más de 10.000 a 20.000 habitantes. | 10.000 |
En las de más de 5.000 a 10.000 habitantes. | 6.000 |
A este epígrafe le son de aplicación las Normas G), I), K), N) y O).
Esta redacción entrará en vigor en primero de enero de 1978.
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 16 de mayo de 1977.
CARRILES GALARRAGA
Ilmo. Sr. Director general de Tributos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid