Advertidos errores en el texto del Convenio Colectivo Sindical de Trabajo anejo a la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 160, de fecha 6 de julio de 1977, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones.
En la página 15155, al comienzo de la Resolución, cuando dice: «para las Empresas de Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales que se rijan por la Reglamentación Nacional de Trabajo de Minas de Fosfatos, Azufre, Potasa, Talco, etcétera», debe decir: «para las Empresas de Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales que se rijan por la Ordenanza Laboral de Construcción, Vidrio y Cerámica».
En la misma página, primer resultando, cuando dice: «que con fecha 16 de mayo tuvo entrada en esta Dirección General», debe decir: «que con fecha 27 de mayo tuvo entrada en esta Dirección General».
En la misma página y resultando, cuando dice: «que fue suscrito, previas las negociaciones correspondientes, el día 12 de mayo de 1977», debe decir: «que fue suscrito, previas las negociaciones correspondientes, el día 10 de mayo de 1977».
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