Ilmo. Sr.: Apreciada la conveniencia de variar la dependencia del servicio aduanero que se realiza en el aeropuerto de Asturias,
Este Ministerio, según lo previsto en el artículo 13 de las Ordenanzas de Aduanas ha dispuesto:
1.º Se crea la Delegación de la Aduana de Gijón en el aeropuerto de Asturias que sustituye con la misma habilitación a la Delegación de la Aduana de Avilés que queda suprimida.
2.º En consecuencia, se entenderá modificada en tal sentido la Orden de 17 de julio de 1968 («Boletín Oficial del Estado» del día 25).
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 31 de mayo de 1977.–P.D., el Subsecretario de Hacienda, Federico Trenor y Trenor.
Ilmo. Sr. Director general de Aduanas.
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