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Documento BOE-A-1977-31573

Ley 59/1977, de 29 de diciembre, de concesión al Presupuesto en vigor de la Sección 16, «Ministerio de la Gobernación», de un crédito extraordinario de 1.143.500.000 pesetas, con destino a satisfacer los gastos que ocasionó la celebración de las Elecciones Legislativas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 31 de diciembre de 1977, páginas 28463 a 28463 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1977-31573

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes vengo en sancionar:

Artículo 1.

Se concede un crédito extraordinario de mil ciento cuarenta y tres millones quinientas mil pesetas, aplicado al presupuesto en vigor de la Sección dieciséis, «Ministerio de la Gobernación»; Servicio cero uno, «Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales»; capítulo dos, «Compra de bienes corrientes y de servicios»; artículo veinticinco, «Gastos especiales para funcionamiento de los Servicios»; concepto doscientos cincuenta y siete nuevo, «Para satisfacer toda clase de gastos, incluso de personal, que se presenten en la celebración de la próxima convocatoria de elecciones legislativas».

Artículo 2.

A los efectos de lo prevenido en el artículo sesenta y cuatro de la Ley General Presupuestaria, el importe del mencionado crédito será financiado con anticipos a realizar por el Banco de España.

Dada en Candanchú a veintinueve de diciembre de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Presidente de las Cortes,

ANTONIO HERNANDEZ GIL

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 29/12/1977
  • Fecha de publicación: 31/12/1977
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 64 de la Ley 11/1977, de 4 de enero (Ref. BOE-A-1977-466).
Materias
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Elecciones
  • Gastos electorales

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