Excelentísimo e ilustrísimos señores:
El Real Decreto 908/1978, de 14 de abril, dispuso la transferencia a la Administración del Estado de una serie de Unidades y Servicios integrados en el Organismo autónomo Administración Institucional de Servicias Socio-Profesionales, con todas las funciones que corresponden a la Unidad o Servicio transferido y con los elementos personales y materiales integrados en cada uno de ellos.
El apartado c) del citado Real Decreto señala al Ministerio de Cultura como receptor de las siguientes Unidades y Servicios: «Cadena de Emisoras Sindicales», «Agencia S. I. S.» (Servicio de Información), el «Archivo General» y el Diario «Pueblo» (Ediciones y Publicaciones Populares).
Dicha disposición ordenó, asimismo, que en el plazo no superior a dos meses desde su entrada en vigor, el Departamento receptor adoptaría las decisiones procedentes para determinar el régimen aplicable a dichas Unidades y su incorporación, modificación, fusión o supresión.
En su virtud, y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno a que se refiere el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Se suprime la Agencia S. I. S. (Servicio de Información), quedando absorbidos todos sus elementos personales y materiales por la Agencia Pyresa, integrada en el Organismo autónomo Medios de Comunicación Social del Estado.
El Archivo General pasa a depender de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.
El Diario «Pueblo» (Ediciones y Publicaciones Populares) se incorpora al Organismo autónomo Medios de Comunicación Social del Estado, quedando, como tal Unidad diferenciada, bajo la directa dependencia del Director-Gerente del Organismo autónomo.
Hasta su definitiva incorporación al Organismo autónomo Radiotelevisión Española, la Cadena de Emisoras Sindicales se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 922/1978, de 14 de abril.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. E y a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. E. y a VV. II. muchos años.
Madrid, 26 de junio de 1978
CABANILLAS GALLAS
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e limos. Src.s. Subsecretario de Cultura, Secretario general Técnico y Directores generales del Departamento.
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