Ilmo. Sr.: De conformidad con el informe emitido por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades,
Este Ministerio ha resuelto que, a efectos de nombramiento de Tribunales de oposiciones, concursos de acceso y concursos-oposiciones en los Cuerpos de Catedráticos, Profesores Agregados y Profesores Adjuntos de Universidad, a que se refiere el Decreto 2211/1975, de 23 de agosto, se consideren análogas a las cátedras o plazas de «Termotecnia» de la E.T.S. de Ingenieros Industriales con las siguientes: Grupo VIII, «Termodinámica»; grupo XV, «Motores alternativos y diversos»; grupo XIX, «Propulsión por reacción», de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Aeronáuticos. Grupo XI, «Operaciones básicas de industrias agrícolas (Termotecnia)»; grupo' XIII, «Motores y máquinas agrícolas (Termodinámica)», de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos. Grupo XXVII, «Termodinámica», de la Escuela Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. Grupo XVIII, «Termodinámica»; grupo XX, «Motores térmicos», de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales; y «Termología», de la Facultad de Ciencias.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 1,5 de septiembre de 1978.‒P.D., el Director general de Universidades, Manuel Cobo del Rosal.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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