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Documento BOE-A-1979-10339

Orden de 8 de marzo de 1979 por la que se convoca una beca para seguir estudios en el «Colegio del Mundo Unido del Atlántico», en Gales (Gran Bretaña), durante los cursos 1979-80 y 1980-81.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 1979, páginas 8848 a 8849 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-10339

TEXTO ORIGINAL

limos. Sres.: Con el fin de facilitar la comprensión entre jóvenes de distintas nacionalidades, se creó el «Colegio del Mundo Unido» para estimular a través de la labor desarrollada en sus centros un mejor conocimiento mutuo entre los estudiantes y el fomento de actividades cívicas, que encuentren el más apropiado ambiente en este peculiar régimen educativo, y desde hace años se viene convocando una beca para cursar estudios en ese Colegio por el Ministerio de Educación y Ciencia.

En su virtud, este Ministerio, a propuesta del Instituto Nacional de Asistencia y Promoción del Estudiante, ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

Se convoca una beca para seguir estudios en el «Colegio del Mundo Unido del Atlántico», en Gales (Gran Bretaña), durante los cursos 1979-1980 y 1980-1981.

Artículo 2.

La beca tiene por objeto posibilitar la estancia en dicho Centro, durante dos cursos de treinta y nueve semanas cada uno.

Artículo 3.

Los solicitantes deberán haber terminado los estudios de Bachillerato y reunir los siguientes requisitos:

a) Haber nacido después del 1 de abril de 1960.

b) Poser un buen expediente académico.

c) Tener un sólido conocimiento del idioma inglés que permita seguir normalmente las explicaciones que se impartan en las clases.

d) Justificar que la situación eeconómica familiar les impide pagar los gastos del Colegio y por ello solicitan la beca,

Artículo 4.

El importe de la beca cubrirá los gastos de escolaridad y viaje exclusivamente durante los cursos 1979-1980 y 1980-1981, debidamente justificados. Cualquier gasto que rebasara los referidos conceptos será por cuenta del alumno.

Artículo 5.

Las solicitudes deberán dirigirse al Presidente del Instituto Nacional de Asistencia y Promoción del Estudiante (Cartagena, 83-85, Madrid-28), y se presentarán en el plazo de treinta días a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Se podrá utilizar también cualquiera de los medios que determina el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de una certificación de nacimiento, una certificación académica comprensiva de las calificaciones obtenidas durante los cursos de Bachillerato ya terminados y la justificación a la que se refiere el apartado d) de) artículo 3.º Podrán asimismo acompañarse aquellos otros documentos que los solicitantes consideren pueden constituir méritos adecuados.

Artículo 6.

La resolución del concurso se hará en una entrevista ante un Jurado compuesto de la siguiente forma:

Presidente: El Presidente del Instituto Nacional de Asistencia y Promoción del Estudiante.

Vicepresidente: El Secretario general del Instituto Nacional de Asistencia y Promoción del Estudiante.

Vocales Dos Catedráticos de Institutos Nacionales de Bachillerato, de los que uno de ellos será de lengua inglesa, más aquellas otras personas que Considere el Presidente conveniente incorporar al Jurado.

Secretario: El Jefe del Servicio de Régimen de Becas.

Artículo 7.

Para la prueba de suficiencia de conocimiento de la lengua inglesa, los solicitantes recibirán del Instituto Nacional de Asistencia y Promoción del Estudiante las instrucciones pertinentes al respecto.

Artículo 8.

Los estudios en el «Colegio del Mundo Unido» se convalidarán de acuerdo con las disposiciones vigentes en la materia.

Artículo 9.

El importe de la beca será abonado por el Instituto Nacional de Asistencia y Promoción del Estudiante con cargo, a los capítulos correspondientes del XIX y XX Plan de Inversiones para el Fomento del Principio de Igualdad de Oportunidades.

Lo que comunico a VV. II.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 8 de marzo de 1979.

CAVERO LATAILLADE

Ilmos. Sres. Subsecretario y Presidente del Instituto Nacional de Asistencia y Promoción del Estudiante.

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