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Documento BOE-A-1979-10340

Orden de 8 de marzo de 1979 sobre creación, ampliación, supresión, transformación, etc., de Centros docentes estatales de Educación General Básica y Preescolar en diversas provincias.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 1979, páginas 8849 a 8850 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-10340

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vistos los expedientes y las correspondientes propuestas e informes de las Delegaciones Provinciales del Departamento e Inspecciones Técnicas Provinciales;

Teniendo en cuenta que en todos los documentos se justifica la necesidad de las variaciones en la composición actual de los Centros escolares de Educación General Básica y Preescolar,

Este Ministerio ha dispuesto modificar los Centros docentes estatales de Educación General Básica y Preescolar que figuran en los apartados siguientes:

Primero.

Modificaciones que suponen creación de unidades escolares.

Centros escolares con indemnización en metálico sustitutiva de casa-habitación:

Provincia de Córdoba

Municipio: Alcaracejos. Localidad: Alcarácejos. Constitución del Colegio Nacional mixto «Nuestra Señora de Guía», domiciliado en calle José Antonio, 9, que contará con ocho unidades escolares mixtas de Educación General Básica, una unidad escolar de Educación Preescolar –Párvulos– y Dirección con curso. A tal efecto se crea una unidad escolar mixta de Educación General Básica y se integran las siete unidades escolares mixtas de Educación General Básica y la unidad escolar de Educación Preescolar –Párvulos– que constituían la anterior Escuela graduada mixta, que desparece como tal.

Municipio: Bujalance. Localidad: Bujalance. Ampliación del Colegio Nacional mixto «Inmaculada del Voto», domiciliado en Maestro Jesús Jiménez, 2, que contará con 28 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, cuatro unidades escolares de Educación Preescolar –Párvulos– y Dirección con función docente. A tal efecto se crean una unidad escolar mixta de Educación General Básica, dos unidades escolares de Educación Preescolar –Párvulos– y la plaza de Dirección con función docente, y se suprime la plaza de Dirección sin curso.

Municipio: Cañete de las Torres. Localidad: Cañete de las Torres. Ampliación del Colegio Nacional mixto «Ramón Hernández Martínez», domiciliado en calle Séneca, 10, que contará con 18 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, tres unidades escolares de Educación Preescolar –Párvulos–, una plaza de Profesor diplomado en Educación Física y Dirección con función docente. A tal efecto se crean dos unidades escolares mixtas de Educación General Básica y la plaza de Dirección con función docente, y se suprime la plaza de Dirección sin curso.

Municipio: Fuenteovejuna. Localidad: Fuenteovejuna. Ampliación del Colegio Nacional mixto comarcal «San Carlos Borromeo», domiciliado en Fuente Nueva, sin número, que contará con 24 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, tres unidades escolares de Educación Preescolar –Párvulos– y Dirección con función docente. A tal efecto se crea una unidad escolar mixta de Educación General Básica.

Municipio: Fuente Palmera. Localidad: Cañada del Rabadán. Constitución de la Escuela graduada mixta, que contará con cuatro unidades escolares mixtas de Educación General Básica, una unidad escolar de Educación Preescolar –Párvulos– y Dirección con curso. A tal efecto se crean dos unidades escolares mixtas de Educación General Básica y una unidad escolar de Educación Preescolar –Párvulos–, y se integran y trasladan, transformadas en mixtas de Educación General Básica, la unitaria de niños y la unitaria de niñas existentes en dicha localidad, que desaparecen como tales

Municipio: Hornachuelos. Localidad: Hornachuelos. Ampliación del Colegio Nacional mixto «Victoria Diez», que pasará a ser comarcal, domiciliado en Queipo de Llano, 27, y contará con 22 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, dos unidades escolares de Educación Preescolar –Párvulos– y Dirección con función docente. A tal efecto se crean siete unidades escolares mixtas de Educación General Básica y la plaza de Dirección con función docente, y se integra y traslada, transformada en unidad escolar mixta de Educación General Básica, la unidad escolar de niños domiciliada en calle Queipo de Llano. 6, que se transformó en de régimen ordinario de provisión por Orden ministerial de 28 de junio de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de agosto), como todas las unidades que dependían de la Sección Femenina. Su marco de comarcalización abarcará inicialmente a las localidades de Cortijuelos. San Calixto, La Almarja Céspedes, Mesas de Guadalora, Bembézar del Caudillo, y el Carrascal, por concentración en este Colegio Nacional mixto comarcal, reconociéndose a los Profesores propietarios definitivos de dichas unidades escolares que pudieran ser suprimidas en un futuro, desde el momento en que se supriman, el derecho que pueda alcanzarles a servir plaza en este Colegio Nacional mixto comarcal, al amparo de lo preceptuado en el Decreto 3099/1964, de 24 da septiembre.

Municipio: Lucena. Localidad: Lucena. Ampliación del Colegio Nacional mixto «Almirante Carrero Blanco», domiciliado en avenida Muñoz Grandes, sin número, que contará con 20 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, tres unidades escolares de Educación Preescolar –Párvulos– y Dirección con función docente. A tal efecto se crean cuatro unidades escolares mixtas de Educación General Básica y tres unidades escolares de Educación Preescolar –Párvulos. Queda sin efecto la habilitación de siete aulas autorizadas por Orden ministerial de 30 de noviembre de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de diciembre).

Municipio: Lucena. Localidad: Lucena. Ampliación del Colegio Nacional mixto «Nuestra Señora del Carmen», domiciliado en Erilla Blanca, sin número, que contará con 23 unidades escolares mixtas de Educación General Básica, dos unidades escolares de Educación Preescolar –Párvulos– y Dirección con función docente. A tal efecto se crean siete unidades escolares mixtas de Educación General Básica y dos unidades escolares de Educación Preescolar –Párvulos–. Queda sin efecto la habilitación de siete aulas autorizadas por Orden ministerial de 30 de noviembre de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de diciembre).

Segundo.

Modificaciones de Centros escolares estatales que implican supresión de unidades escolares o plazas de Directores escolares. Estas supresiones tendrán efectividad inmediata, debiendo cesar los Maestros o Directores que sirvan las unidades escolares o plazas de Directores suprimidas.

Provincia de Córdoba

Municipio: Córdoba, Localidad: Córdoba. Modificación del Colegio Nacional mixto «Alcalde Jiménez Ruiz», domiciliado en polígono «Fuensanta», que contará con 16 unidades escolares mixtas de Educación General Básica y Dirección con función docente. A tal efecto se suprimen tres unidades escolares mixtas de Educación General Básica.

Municipio: Iznajar. Localidad: Ventorros de Balerma. Supresión de la unidad escolar de niños y transformación en mixta de la unidad escolar de niñas.

Municipio: Priego de Córdoba. Localidad: Los Villares. Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica.

Provincia de La Coruña

Municipio: Boimorto. Localidad: Rodieiros. Supresión de la unidad escolar de niñas.

Tercero.

Modificaciones de Centros escolares que, sin alterar el número de unidades escolares ni el de plazas de Directores escolares existentes, hacen variar la composición, el régimen, el emplazamiento de los edificios escolares o la denominación de los Centros afectados, en la forma que se especifica para cada caso. Con respecto a los traslados de locales que se incluyen, habrán de cumplirse los requisitos prevenidos en la Orden de 18 de diciembre de 1953. Cuando se trate de unidades escolares dependientes de Consejos Escolares Primarios que pasen a ser de régimen normal de provisión o de Centros que funcionen en régimen de Administración Especial dependientes de Junta de Promoción Educativa, habrá de acreditarse a los Maestros titulares la indemnización de casa-habitación con cargo al Estado, si no se les facilita vivienda.

Provincia de Córdoba

Municipio: Hornachuelos. Localidad: Hornachuelos. Desglose y traslado de la unidad escolar de niños, domiciliada en calle Queipo de Llano, 6, transformada en unidad escolar mixta de Educación General Básica, que pasa a integrarse en el Colegio Nacional mixto «Victoria Diez», del mismo Municipio y localidad, desapareciendo como tal unitaria. Esta unitaria dependía del Consejo Escolar Primario «Santa Teresa», y fué transformada en de régimen ordinario de provisión por Orden ministerial de 28 de junio de 1978 i«Boletín Oficial del Estado» de 14 de agosto), como todas las unidades que dependía de la Sección Femenina.

Provincia cíe León

Municipio- El Burgo Ranero. Localidad: Villamuñio. Se anula la Orden ministerial de 1 de febrero de 1979, por la que se suprimía la unidad escolar de niños y se transformaba en mixta la unidad escolar de niñas.

Municipio: Santa María del Monte Cea. Localidad: Santa María del Monte Cea. Se anula la Orden ministerial de 1 de, febrero de 1979, por la que se suprimía la unidad escolar mixta de Educación General Básica.

Municipio: Santa María del Monte Cea. Localidad: Villamizar. Se anula la Orden ministerial de 1 de febrero de 1979, por la que se suprimía la unidad escolar mixta de Educación General Básica.

Municipio: Valencia de Don Juan. Localidad: Valencia de Don Juan. Se amplia la Orden ministerial de 2 de octubre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre), por la que se declaraba comarcal al Colegio Nacional mixto «Bernardino Pérez», y que delimita su marco de comarcalización, haciéndose constar que en dicho ámbito estaban incluidas las localidades de Fontanil de los Oteros (Municipio de Matanza de los Oteros) y Velilla de los Oteros (Municipio de Pajares de los Oteros), y que por error se omitió su inclusión.

Municipio: Valverde de la Virgen. Localidad: La Virgen del Camino. Ampliación de la Orden ministerial de 26 de junio de 1978 («Bolelin Oficial del Estado» de 12 de agosto), por la que se crea una unidad escolar de Educación Preescolar –Párvulos–; aclarando que se forma un Centro de Preescolar compuesto por dos unidades escolares de Educación Preescolar –Párvulos– de régimen ordinario de provisión’ y Dirección con curso, y no con una unidad escolar de Párvulos y una unidad escolar de Educación General Básica, como por error se hizo constar en esta Orden. Queda transformada a régimen ordinario de provisión la unidad escolar antes existente que dependía del Consejo Escolar Primario «Colonia de Aviación», reconociéndose a su Profesora propietaria definitiva el derecho a continuar sirviendo su propia plaza transformada, al ampara del artículo 15 del Reglamento de Centros Escolares en régimen de Consejo Escolar Primario. Se aclara que la Orden ministerial de 14 de octubre de 1972 transformó la unidad escolar mixta de Educación General Básica dependiente del Consejo Escolar Primario en en una unidad escolar de Educación Preescolar –Párvulos–, aunque no se citó expresamente dicha dependencia.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 8 de marzo de 1979.–P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.

Ilmo. Sr. Director general de Educación Básica.

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