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Documento BOE-A-1979-10443

Orden de 3 de abril de 1979 por la que se crean las Secciones de Funcionarios del Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública y Análisis y Estudios Estadisticos en la Inspección General del Ministerio de Hacienda.

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 1979, páginas 8988 a 8988 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-10443
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/04/03/(4)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El Real Decreto 1973/1977, de 29 de julio, en su artículo 11.1, integra el Servicio Central de Personal en la Inspección General de este Ministerio con las funciones que detalla su número 5, las cuales extiende la Orden de 31 de octubre de 1977, dictada de conformidad con las facultades conferidas por la disposición final tercera del citado Real Decreto, a la Administración del Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública. Los efectivos actuales del mencionado Cuerpo y su aumento previsto en breve plazo hasta cubrir las 6.000 plazas consignadas en los Presupuestos Generales del Estado obligan a crear una nueva Sección en el citado Servicio Central de Personal para la administración de estos servicios.

Por otra parte, la complejidad de la actividad económica exige el estudio constante de las previsiones recaudatorias y el grado de cumplimiento de las mismas. Análogos estudios son aconsejables en relación con los medios personales adecuados a las tareas encomendadas a este Departamento, coste de los servicios y volumen de los trabajos realizados, sin olvidar el aspecto retributivo de los funcionarios. Todo ello hace necesario la creación de puestos de trabajo dedicados a la elaboración de estadísticas y al análisis de las mismas, que permitan la permanente actualización de las normas que regulan estos aspectos de la actividad administrativa.

En su virtud, este Ministerio, previa la aprobación por la Presidencia del Gobierno prevista en el artículo 130 de la Ley de Procedimiento Administrativo, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero.

Se crea en el Servicio Central de Personal de este Ministerio la Sección de Funcionarios del Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública, que tendrá a su cargo la administración del mismo, sin perjuicio de las competencias específicas de otros órganos o unidades de este Ministerio.

Segundo.

Dicha Sección se estructura en los siguientes Negociados, que desarrollarán las tareas de los servicios que a continuación se expresan:

a) Control de Efectivos y Expedientes Económicos. Confección y conservación de ficheros por especialidades, relaciones nominativas de personal por Centros y Delegaciones, confección de anexos III y IV y reconocimiento de trienios.

b) Movimiento de Personal e Incidencias. Tramitación de altas como consecuencia de reingresos, de excedentes y supernumerarios y nuevos nombramientos, bajas por pases a situaciones distintas a la de activos, jubilaciones, fallecimientos, etc.; resolución de concursos de traslado. Corresponde, asimismo, a este Negociado la concesión de licencias y permisos, la propuesta de resolución de reclamaciones y cuantas incidencias surjan sobre el particular.

Tercero.

Bajo la dependencia directa del Inspector general de este Departamento se crea la Sección de Análisis y Estudios Estadísticos, cuyo cometido consistirá en la elaboración de las previsiones de ingresos tributarios y la verificación de su grado de cumplimiento, la realización de estudios de coyuntura económica y de estudios estadísticos sobre personal destinado a este Ministerio, retribuciones de los mismos, coste de los servicios y otros aspectos administrativos.

A la Sección de Análisis y Estudios Estadísticos se adscribirá un Asesor Técnico.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 3 de abril de 1979.

FERNANDEZ ORDOÑEZ

Ilmo. Sr. Subsecretario de Hacienda.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/04/1979
  • Fecha de publicación: 19/04/1979
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 11.1 del Real Decreto 1973/1977, de 29 de julio (Ref. BOE-A-1977-18220).
    • art. 130 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
  • CITA Orden de 31 de octubre de 1977 (Ref. BOE-A-1977-26396).
Materias
  • Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública
  • Estadística
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Inspección General del Ministerio de Hacienda
  • Ministerio de Hacienda

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