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Documento BOE-A-1979-11392

Orden de 9 de abril de 1979 por la que se aprueba el plan de mejoras territoriales y obras de la zona de concentración parcelaria de Quintanaloranco (Burgos).

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 1 de mayo de 1979, páginas 9910 a 9911 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-11392

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Por Decreto de 17 de junio de 1971 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de agosto) se declaró de utilidad pública la ordenación de las explotaciones agrarias de la comarca de Belorado. Por Orden ministerial de 4 de mayo de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de julio se acordó la realización de la concentración parcelaria de la zona de Quintanaloranco (Burgos).

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 82 y 129 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario ha redactado y somete a la aprobación de este Ministerio el plan de mejoras territoriales y obras de la zona de Quintanaloranco (Burgos), que se refiere a las obras de red de caminos y red de saneamiento. Examinado el referido plan, este Ministerio considera que las obras en él incluidas han sido debidamente clasificadas en los grupos que determina el artículo 61, de acuerdo con lo especificado en el articulo 62 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario do 12 de enero de 1973.

En su virtud, este Ministerio se ha servidio disponer:

Primero.

Se aprueba el plan de mejoras territoriales y obras redactado por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario, para la zona de Quintanaloranco (Burgos), cuya concentración parcelaria fue acordada por Orden de 4 de mayo de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de julio de 1977), según lo establecido en el Decreto de ordenación de las explotaciones agrarias de la comarca de Belorado de fecha 17 de junio de 1971 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de agosto).

Segundo.

De acuerdo con lo establecido en el articulo 62 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, se considera que las obras de red de caminos y red de saneamiento quedan clasificadas de interés general en el grupo a) del artículo 61 de chicha Ley.

Tercero.

Las obras deberán iniciarse antes de que terminen los trabajos de concentración parcelaria.

Cuarto.

Por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario se dictarán las normas pertinentes para la mejor aplicación de cuanto se dispone en la presente Orden.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos oportunos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 9 de abril de 1979.

LAMO DE ESPINOSA

Ilmos. Sres. Subsecretario de este Departamento y Presidente del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario.

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