El ilustrísimo señor Director general de Transportes Terrestres, en uso de facultades delegadas por Orden ministerial de 5 de julio de 1977, con fecha 26 de abril de 1979 ha resuelto otorgar definitivamente a «Transportes Los Diez Hermanos, Sociedad Anónima», la concesión del citado servicio, como hijuela-desviación del ya establecido entre Santoña y Somo con hijuelas (V-3.246), provincia de Santander, con arreglo a la Ley y Reglamento de Ordenación de Transportes vigentes, y, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
Itinerario: Longitud, 6 kilómetros. Galizano, Langre, Loredo y empalme de Loredo.
Expediciones: Una diaria de ida y vuelta.
Tarifas: Las mismas del servicio base V-3.246.
Clasificación respecto al ferrocarril: Independiente en conjunto con el servicio base V-3.246.
Madrid, 26 de abril de 1979.–El Director general, José Luis García López.–6.109-E.
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