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Documento BOE-A-1979-12938

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza a «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», la modificación de la línea de transporte de energía eléctrica aérea denominada Trives-La Lomba y Puente Bibey-La Lomba y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 1979, páginas 11258 a 11259 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-12938

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en León a instancia de «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», con domicilio en Bilbao, calle Gardoqui, 8, solicitando autorización para modificar una línea de transporte de energía eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiene de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», la modificación de la línea Puente Bibey-La Lomba a su entrada en la subestación «La Lomba», en Ponferrada (León), actualmente en funcionamiento, y cuyo establecimiento fue autorizado por esta Dirección General con fecha 28 de diciembre de 1962.

La modificación consiste en cambiar el último apoyo de la línea por uno con cabeza especial para limitar su altura, cambiando las posiciones de entrada a la subestación.

El apoyo será metálico de celosía tipo «223 KT», con aislamiento por cadenas de aisladores de vidrio, suspendidas, de 15 elementos tipo «ESA 1.521», la línea constará de un doble circuito, trifásico, tendida con conductor Al-Ac de 381 milímetros cuadrados de sección, con potencia máxima de transporte por circuito de 100 MVA. y protección contra sobrecargas atmosféricas mediante conductor de acero de 53 milímetros cuadrados de sección.

La finalidad de la instalación consiste en reducir la altura del apoyo para que, conservando las distancias reglamentarias, permita el paso económico de una línea aérea a 380 KV.

Declarar en concreto la utilidad pública de la modificación de la línea eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de cinco meses.

Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775, de 22 de julio de 1967.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 23 de abril de 1979.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en León.

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