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Documento BOE-A-1979-13089

Orden de 3 de abril de 1979 por la que se dispone se dé cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Albacete en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra este Departamento por «Sociedad de Regantes de Nuestra Señora de Fuensanta y Constancia».

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 1979, páginas 11434 a 11434 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1979-13089

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Habiendo recaído resolución firme de la Audiencia Territorial de Albacete, con fecha 14 de febrero de 1979, en el recurso contencioso-administrativo número 97/78, interpuesto por «Sociedad de Regantes Nuestra Señora de Fuensanta y Constancia» contra este Departamento, sobre falta de afiliación y liquidación de cuotas a la Seguridad Social,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Luis Legorburo Martínez, en nombre y representación de la "Sociedad de Regantes Nuestra Señora de Fuensanta y Constancia", de Archena, contra las resoluciones dictadas por el ilustrísimo señor Delegado provincial de Trabajo de Murcia de veintiuno de diciembre de mil novecientos setenta y seis y confirmadas por otras de la Dirección General de Prestaciones y Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social de veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y siete, debemos declarar y declaramos no conformes al Ordenamiento Jurídico las mencionadas resoluciones, anulándolas y dejándolas sin efecto ni valor alguno; todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas en este recurso.»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento, y en virtud de las atribuciones delegadas a esta Subsecretaría por Orden del excelentísimo señor Ministro de 2 de marzo de 1979, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1950.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 3 de abril de 1979.‒P. D., el Subsecretario, José Javier Viñes Rueda.

Ilmo. Sr. Director general de Régimen Jurídico de la Seguridad Social.

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