En el recurso contencioso-administrativo número 83/76, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por don José Font Raluy, contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 16 de junio y 24 de octubre de 1975, se ha dictado con fecha 1 de diciembre de 1977 sentencia, por la Audiencia Territorial de Madrid, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debiendo desestimar como desestimamos el recurso contencioso-administrativo número ochenta y tres/setenta y seis, promovido por el Procurador señor Conradi Vázquez, en nombre y representación de don José Font Raluy, y en consecuencia declaramos ajustadas a derecho, las resoluciones de dieciséis de junio y veinticuatro de octubre de mil novecientos setenta y cinco, ésta última confirmando la primera en recurso de reposición, por las que se denegó la inscripción del rótulo de establecimiento número ciento dos mil seiscientos cincuenta y cinco, "La Hortícola Balear", con radicación en Mahón (Baleares), calle Hannover, número treinta y cinco, a favor del hoy recurrente en el Registro de la Propiedad Industrial; sin hacer expresa imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgado, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Organismo en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se, cumpla en sus propios términos la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S muchos años.
Madrid, 25 de noviembre de 1978.–El Director del Registro Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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