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Documento BOE-A-1979-1409

Resolución del Registro de la Propiedad Industrial por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 99/77, promovido por «Laboratorios UCB Peyva, S.A.».

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 1979, páginas 1115 a 1115 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-1409

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 99/77, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Laboratorios UCB Pevya, S. A.», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 16 de noviembre de 1976, se ha dictado, con fecha 5 de junio de 1978, sentencia por la Audiencia Territorial de Madrid, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando el actual recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Bernardo Feijoo y Montes, en nombre y representación de la Entidad demandante "Laboratorios UCB Pevya, S. A.", frente a la demandada Administración General del Estado, representada y defendida por el señor Abogado del Estado; contra las resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial del Ministerio de Industria, de fechas veintiuno de noviembre de mil novecientos setenta y cinco y dieciséis de noviembre de mil novecientos setenta y seis, a las que la demanda se contrae; debemos declarar y declaramos, no ser conformes a derecho y, por consiguiente nulas, ambas resoluciones administrativas impugnadas, declarándose en su lugar que procede la concesión, a favor de la Entidad hoy demandante, del registro de la marca número seiscientas veintiuna mil doscientas sesenta y dos, "Minuion H", solicitada; todo ello sin hacer expresa declaración de condena en costas, respecto a las derivadas del actual proceso jurisdiccional.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 25 de noviembre de 1976.–El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.

Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.

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