Ilmo. Sr.: El emplazamiento de la Administración Principal de Aduanas de Navarra, en Elizondo, vino determinado, cuando así fue dispuesto por Orden ministerial de 20 de junio de 1944, por diversas motivaciones que han quedado actualmente superadas, ello, así como nuevas realidades del tráfico y situación efectiva de los servicios, aconsejan que dicha Aduana Principal de la Provincia quede establecida en su capital, Pamplona, con sede en aquella Delegación de Hacienda, con lo que además se concentrará su actividad con otros servicios que en ella se desarrollan, tales como los relativos a Tribunal de Contrabando y funciones de la Inspección de Aduanas e Impuestos Especiales.
Visto el artículo tercero de las Ordenanzas de Aduanas y los dictámenes emitidos según lo previsto en el mismo.
Este Ministerio ha dispuesto:
Se traslada a Pamplona la Aduana Principal de la provincia de Navarra que, con habilitación de terrestre de primera clase, tiene actualmente su residencia en Elizondo.
Dependerán directamente de la misma las Delegaciones de Aduanas establecidas en Dancharinea e Imarcoain, así como los puntos aduaneros terrestres de control turístico de Echalar, Vera de Bidasoa, Isaba, Errazu, Eugui, Ochagavia y Lizuniaga.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 5 de junio de 1979.–P. D., el Subsecretario de Hacienda, Carlos García de Vinuesa y Zabala.
Ilmo. Sr. Director general de Aduanas e Impuestos Especiales.
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