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Documento BOE-A-1979-14754

Real Decreto 1501/1979, de 25 de mayo, por el que se adscribe al Organismo autónomo Instituto Nacional de Denominaciones de Origen una estación de Viticultura y Enología, en el término municipal de Vilafranca del Penedés (Barcelona).

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 23 de junio de 1979, páginas 14112 a 14112 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-14754

TEXTO ORIGINAL

Por el Ministerio de Agricultura se solicita la adscripción al Organismo autónomo Instituto Nacional de Denominaciones de Origen, de una Estación de Viticultura y Enología, en el término municipal de Vilafranca del Penedés (Barcelona).

Habida cuenta de que los artículos diez de la Ley de Entidades Estatales Autónomas y ochenta de la Ley del Patrimonio del Estado, disponen que este último puede adscribir bienes a los Organismos autónomos para el cumplimiento de sus fines, a propuesta del Ministro de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinticinco de mayo de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se adscribe al Organismo autónomo Instituto Nacional de Denominaciones de Origen, el inmueble que a continuación se describe:

«Estación de Viticultura y Enología ubicada en la calle Amalia, número veintiuno, del término municipal de Vilafranca del Penedés (Barcelona), con salida a la calle Duque de la Victoria. Edificio que consta de dos plantas, una bodega, sótano y patios y un pequeño desván en el piso segundo.»

Artículo 2.

El referido inmueble conservará su condición jurídica original y de conformidad con lo dispuesto en el artículo ochenta de la Ley del Patrimonio del Estado, el Organismo autónomo, Instituto Nacional de Denominaciones de Origen no adquiere la propiedad de aquél que habrá de utilizarse necesariamente para Estación de Viticultura y Enología.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a veinticinco de mayo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda.

JAIME GARCIA AÑOVEROS

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