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Documento BOE-A-1979-15275

Real Decreto 1538/1979, de 22 de junio, por el que se autoriza la aplicación de lo dispuesto en la Ley del Suelo para los programas de actuación urbanística a la actuación urbanística industrial en los términos municipales de Figueruelas, Pedrola, Alagón y Grisén, de la provincia de Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 28 de junio de 1979, páginas 14743 a 14744 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-15275

TEXTO ORIGINAL

La Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido aprobado por Real Decreto mil trescientos cuarenta y seis/mil novecientos setenta y seis, de nueve de abril, señala en su disposición transitoria cuarta, párrafo tercero, que el Gobierno, hasta tanto los Planes Generales de Ordenación vigentes en la actualidad se adapten a la misma o, en su caso, se aprueben nuevos Planes Generales Municipales de Ordenación, podrá, mediante Decreto, acordar la aplicación de lo dispuesto en esta Ley para los Programas de Actuación Urbanística, en los supuestos regulados en el artículo ciento cuarenta y nueve de la misma Ley, a las áreas o zonas que se determinen en el propio Decreto, cualquiera que sea la clasificación o uso urbanístico de los terrenos que comprenda.

El área Sur del término municipal de Figueruelas, con posible prolongación en el de Pedrola, cumple una serie de condiciones en cuanto a accesibilidad por autopista y carretera, dotación de agua, proximidad a los ferrocarriles de RENFE (lineas Madrid-Zaragoza y Bilbao-Zaragoza-Barcelona) y proximidad a una línea de abastecimiento de gas natural, así como suficientes facilidades en abastecimiento de energía eléctrica, que la hace sumamente apta para una actuación industrial de cierta entidad.

El término municipal de Figueruelas ha tramitado una norma subsidiaria de planeamiento, recientemente aprobada, en la cual el área Sur se clasifica como apta para su urbanización, y carece de Plan General Municipal de Ordenación y el de Pedrola tiene una ordenación aprobada con terrenos rústicos contigua a la citada área.

La zona permite definir una unidad urbanística integrada, puesto que su situación posibilita la inserción de sus infraestructuras, tanto de comunicaciones y viales, como de los servicios de agua, alcantarillado, electricidad y otros, en la ordenación general del territorio.

La actuación en estos terrenos por parte del Instituto Nacional de Urbanización viene a promover, en el ámbito de su competencia, el suelo urbanizado que demandan las necesidades de instalación de la gran industria automovilística de la «General Motors Corporation».

La Diputación General de Aragón ha manifestado su previo acuerdo con la presente actuación urbanística, a tenor de lo prevenido en el artículo trece g), párrafo segundo, del Real Decreto número doscientos noventa y ocho/mil novecientos setenta y nueve, de veintiséis de enero, sobre transferencia de competencias a dicha Diputación General.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintidós de junio de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la vigente Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido aprobado por Real Decreto mil trescientos cuarenta y seis/mil novecientos setenta y seis, de nueve de abril, en su párrafo tercero, en relación con el artículo ciento cuarenta y nueve de la misma Ley, se autoriza una actuación urbanística industrial en los términos municipales de Figueruelas, Pedrola, Alagón y Grisén, provincia de Zaragoza, mediante un Programa de Actuación Urbanística.

Artículo 2.

Los terrenos afectados por dicha autorización están delimitados en forma aproximadamente triangular, en su línea Norte, por la CN-doscientos treinta y dos Zaragoza-Logroño; en su línea Suroeste, por la carretera local de Alagón a Rueda de Jalón, y por el Oeste, en una línea teórica aproximadamente perpendicular a la primera de las carreteras citadas, hasta una distancia máxima de cuatro mil metros del vértice Este, con una superficie aproximada de 300 hectáreas, e incluye aquellos otros terrenos, tanto en el término municipal de Figueruelas, como en los vecinos de Pedrola, Alagón y Grisén, que resulten necesarios, a fin de completar la actuación y al objeto de realizar las infraestructuras de conexión.

Artículo 3.

Se encomienda la gestión de esta actuación urbanística al Instituto Nacional de Urbanización, a quien corresponderá desarrollar el planeamiento, mediante el correspondiente Programa de Actuación Urbanística, así como determinar el sistema de actuación.

Dado en Madrid a veintidós de junio de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo,

JESUS SANCHO ROF

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