Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 126, de fecha 26 de mayo de 1979, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:
En la página 11699, primera columna, línea tres de la ya mencionada Orden, donde dice: «... estableciendo la conexión de beneficios fiscales...», debe decir: «... estableciendo la concesión de beneficios fiscales...».
En las mismas página y columna, línea cuatro, donde dice: «... a lo prescrito en el artículo 3 de la Ley 152/1963...», debe decir: «... a lo previsto en el artículo 3 de la Ley 152/1963...».
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