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Documento BOE-A-1979-1580

Orden de 24 de noviembre de 1978 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional, dictada con fecha 7 de julio de 1978, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Luis García Sacristán y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 1979, páginas 1251 a 1251 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-1580

TEXTO ORIGINAL

Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, seguido en única instancia ante la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, entre partes, de una, como demandante, don José Luis García Sacristán y otros, quienes postulan por sí mismos, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra resoluciones del Ministerio del Ejército de 16 de febrero, 29 de marzo, 3 de junio, 22 de abril, 27 de abril, 5 de julio y 4 de julio de 1977, se ha dictado sentencia con fecha 7 de julio de 1978, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que desestimando el motivo de inadmisibilidad de los recursos aducidos por la Abogacía del Estado, desestimamos los interpuestos por el Procurador don Francisco Martínez Arenas en nombre de don José Luis García Sacristán, don Modesto Avila Jiménez, don Miguel Herrera Herrera, don Angel Morgados Aguilera, don Cipriano Rodríguez Hernández, don Ramón Bubverviola Subverviola, don Antonio Taravillo Eugenio, don José Elvira Cuesta, don Juan Fernández-Marcote de la Cruz, don Miguel Torres Gómez y don Raimundo Martín Martín, contra resoluciones del Ministerio del Ejército de diecisiéis de febrero de mil novecientos setenta y siete, de veintinueve de marzo de mil novecientos setenta y siete, de tres junio de mil novecientos setenta y siete, veintidós de abril de mil novecientos setenta y siete, veintisiete de abril de mil novecientos setenta y siete, de cinco de julio de mil novecientos setenta y siete y de cuatro de julio de mil novecientos setenta y siete, que denegaron ascensos a los recurrentes las que declaramos conformes a derecho; sin hacer expresa condena en costas.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.».

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363). ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V E para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V E muchos años.

Madrid 24 de noviembre de 1978.

GUTIERREZ MELLADO

Excmo. Sr. Teniente General Jefe del Estado Mayor del Ejército.

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