Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-16490

Real Decreto 1681/1979, de 4 de mayo, por el que se declara urgente la ocupación de bienes afectados por la expropiación para construir la subestación transformadora de energía eléctrica denominada «Respaldiza», en la provincia de Alava, propiedad de «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 1979, páginas 15864 a 15864 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-16490

TEXTO ORIGINAL

«Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A», ha solicitado del Ministerio de Industria y Energía la concesión de los beneficios de expropiación forzosa de bienes y derechos y la urgente ocupación de los mismos, con fundamento en lo dispuesto en el artículo treinta y uno del Reglamento aprobado por Decreto dos mil seiscientos diecinueve/mil novecientos sesenta y seis, de veinte de octubre, que desarrolla la Ley diez/mil novecientos sesenta y seis, de dieciocho de marzo, de Expropiación Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas, con la finalidad de construir una subestación transformadora de energía eléctrica de sesenta MVA. de potencia y relación de transformación doscientos veinte/ciento treinta y dos/treinta KV., que se denominará «Respaldiza» y se situará en la localidad del mismo nombre, del término municipal del valle de Ayala, en la provincia de Alava.

Declarada la utilidad pública en concreto de la citada instalación por Resolución de la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía, de fecha trece de marzo de mil novecientos sesenta y ocho y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de veintidós de abril de mil novecientos setenta y ocho.

Se estima urgente y justificada la ocupación de los bienes que se describen en la relación presentada, debidamente formulada y publicada, por ser imprescindibles para construir la citada subestación transformadora a través de la cual se suministrará energía a las industrias del polígono industrial de Izoria-Murga, promovido por la Diputación Floral de Alava, y normalizar el actual suministro de las establecidas en la zona de Arcerniaga-Respaldiza.

Tramitado el oportuno expediente por la Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía en Alava, de acuerdo con la Ley diez/mil novecientos sesenta y seis, de dieciocho de marzo, y su Reglamento que la desarrolla, aprobado por Decreto dos mil seiscientos diecinueve/mil novecientos sesenta y seis, de veinte de octubre, se presentó un escrito de alegaciones por uno de los propietarios de bienes a expropiar, pero su contenido no merece ser atendido ya que no hace mención a lo dispuesto, para esta fase del expediente, en los artículos veinticinco y veintiséis del citado Decreto dos mil seiscientos diecinueve, y los errores que denuncia no se refieren al trámite actual, sino al anterior sobre la declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación, cuya tramitación, como al principio de este párrafo se hace constar, se realizó de conformidad con lo ordenado en la citada Ley diez/mil novecientos sesenta y seis y su Reglamento, sin que el oponente hiciera uso de sus derechos en el período de información pública si es que, efectivamente, le hubiese interesado hacerlo.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Energía, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cuatro de mayo de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.

De acuerdo con el artículo once de la Ley diez/mil novecientos sesenta y seis, de dieciocho de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y a efectos de lo previsto en la Ley y preceptos concordantes de su Reglamento, se declara urgente la ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la instalación de la subestación transformadora de energía eléctrica, denominada «Respaldiza», en la localidad del mismo nombre de la provincia de Alava, instalación que ha sido proyectada por la Empresa «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.». Los aludidos terrenos y bienes a los que afecta esta disposición están situados en el término municipal del valle de Ayala (Alava), y son los que aparecen descritos en la relación presentada por la Empresa solicitante de los beneficios que consta en el expediento y que para información pública se insertó en el «Boletín Oficial de la Provincia de Alava» número cuarenta y ocho, de fecha veintisiete de abril de mil novecientos setenta y ocho; en el diario «Norte Exprés» de Vitoria, de veinte de abril de mil novecientos setenta y ocho y en el «Boletín Oficial del Estado» de veinte de junio de mil novecientos setenta y ocho, sin perjuicio de los acuerdos convenidos entre la citada Empresa y es propietarios afectados durante la tramitación del expediente.

Dado en Madrid a cuatro de mayo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Industria y Energía,

CARLOS BUSTELO Y GARCIA DEL REAL

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid